MARCH 31, 2026

Resolución General N° 1121/2026: implementación de una Ficha Única por cada Fondo Común de Inversión Abierto (FCIA)

CIRCULARES

Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Resolución General N° 1121/2026: implementación de una Ficha Única por cada Fondo Común de Inversión Abierto (FCIA)

Concluida la consulta pública impulsada por la Comisión Nacional de Valores (“CNV“) mediante la Resolución General N° 1106/2026, el 26 de marzo de 2026 el organismo dictó la Resolución General N° 1121 (la “RG N° 1121“) que establece la elaboración obligatoria de una “Ficha Única” (la “Ficha”) por cada FCIA, con excepción de aquellos destinados exclusivamente a inversores calificados.

La Ficha consiste en un documento estandarizado y de fácil lectura que reúne la información esencial de cada fondo, con el objetivo de facilitar su comprensión y comparación por parte de los inversores. Su implementación encuentra sustento en la tendencia internacional hacia una mayor transparencia y estandarización de la información brindada por los fondos comunes de inversión y toma como referencia los regímenes vigentes en Brasil, Chile, Perú, Colombia y México, así como la figura del “Documento de Datos Fundamentales para el Inversor” (KID) utilizada en España y los principios de la Organización Internacional de Comisiones de Valores.

La Ficha deberá publicarse en la página web de la Sociedad Gerente dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, con información actualizada al cierre del mes anterior. Los agentes que participen en la colocación del FCIA deberán incluir en sus canales de comercialización un enlace a dicha página. Asimismo, deberá reflejar la situación actual del FCIA, redactarse en lenguaje claro y ajustarse al modelo previsto por las Normas de la CNV, de modo que permita su comparación con otros FCIA de la misma categoría. Como contenido mínimo, deberá incluir la descripción, objetivo y política de inversión del fondo, información general del fondo, composición de la cartera y principales tenencias, rendimiento histórico, honorarios, gastos, comisiones y tratamiento impositivo, así como las cláusulas de advertencia aplicables.

El plazo para publicar la Ficha, contando desde el 30 de marzo de 2026 (entrada en vigencia de la resolución) será de:

– 30 (treinta) días hábiles para los Fondos Comunes de Dinero; y

– 60 (sesenta) días hábiles para el resto de los Fondos Comunes de Inversión.

Para cualquier consulta o información adicional no duden en ponerse en contacto con nuestro equipo.

Atentamente,

Luciana Denegri

Felipe Videla

María Victoria Pavani