Proyecto de autorización automática de oferta pública de FCIs cerrados de créditos: Resolución General CNV Nº 1042
Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Proyecto de autorización automática de oferta pública de FCIs cerrados de créditos: Resolución General CNV Nº 1042.
El 31 de diciembre de 2024, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) publicó un proyecto normativo mediante la Resolución General Nº 1042. Este proyecto introduce un procedimiento simplificado para la autorización automática de oferta pública aplicable a Fondos Comunes de Inversión Cerrados cuyo patrimonio específico se integre con carteras de créditos(“FCI”), lo cual representa una novedad. A continuación, resumimos los aspectos más destacados del proyecto:
Principales Características del Régimen:
1-Monto Nominal Máximo: 7.000.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs). Este monto considera todas las emisiones realizadas por el mismo grupo (Sociedad Gerente, Sociedad Depositaria y originador de los créditos) en los últimos 12 meses. Una vez reintegradas total o parcialmente las cuotapartes, es posible reemitir dentro del mismo límite.
2-Destinatarios: Inversores calificados.
3-Requiere Prospecto Obligatorio: Sí, pero sin revisión previa de la CNV.
4-Tasa de Fiscalización y Control: Aplicable.
5-Régimen Informativo:
-Presentación de Estados Contables anuales y trimestrales.
-Informes trimestrales sobre el cobro de capital e intereses.
-Información sobre desviaciones significativas en los créditos del Fondo, difundida a través de la AIF y los mercados autorizados.
6-Listado de Cuotapartes: Obligatorio en un panel especial de un mercado autorizado, dentro de los 30 días corridos desde la notificación de la emisión.
Proceso Simplificado:
-La Sociedad Gerente deberá enviar el prospecto de emisión y el reglamento de gestión a través de la Plataforma TAD.
-La CNV no revisará ni aprobará los documentos enviados. La responsabilidad sobre la veracidad de la información recae en la Sociedad Gerente y la Sociedad Depositaria.
Incumplimientos y Sanciones:
-La falta de pago de la tasa de fiscalización y control o el incumplimiento del contenido mínimo del prospecto o del régimen informativo puede conllevar la prohibición de nuevas emisiones bajo este régimen.
Antecedentes:
Esta Resolución General se enmarca en un esfuerzo de la CNV para simplificar y agilizar los procedimientos de autorización de oferta pública. Tiene como antecedentes a:
-La Resolución General Nº 1028, que propone un régimen de autorización automática de obligaciones negociables. Para más información, puede acceder a nuestro newsletter sobre el tema.
-La Resolución General Nº 1031, que introduce un régimen de autorización automática para fideicomisos financieros. Puede encontrar más información en nuestro newsletter al respecto.
Participación Pública:
El proyecto está abierto a comentarios públicos en el marco de la “Elaboración Participativa de Normas” hasta el 6 de febrero de 2025. Las opiniones pueden ser ingresadas a través del sitio web oficial de la CNV.
Para consultas adicionales sobre cómo participar o acceder a este régimen, no duden en contactarnos.