MARCH 04, 2026

Financiamiento colectivo e inclusión de los inversores super calificados; y régimen informativo sobre posiciones en futuros y opciones.

CIRCULARES

Informe del Departamento de Mercados de Capitales | Financiamiento colectivo e inclusión de los inversores super calificados; y régimen informativo sobre posiciones en futuros y opciones.

Recientemente, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) dictó nuevas resoluciones generales con el objetivo de ampliar el alcance de inversores para los valores negociables ofrecidos en el régimen de mediano impacto con autorización automática y para establecer nuevas obligaciones informativas a los mercados autorizados.

RG N°1111/2026: Autorización automática para financiamiento colectivo (crowdfunding) y para inversores “súper calificados”.

El 25 de febrero la CNV aprobó la Resolución General N° 1111 (la “RG 1111”), mediante la cual somete a consulta pública una propuesta regulatoria que busca habilitar instrumentos de financiamiento colectivo (crowdfunding) dentro del régimen de oferta pública con autorización automática de bajo y mediano impacto. Asimismo, se propone la creación de un régimen específico dirigido a inversores de alto patrimonio (ahora denominados super calificados).

Financiamiento colectivo

La iniciativa incorpora la posibilidad de realizar colocaciones bajo la modalidad de financiamiento colectivo dentro de los esquemas ya existentes de oferta pública de bajo y mediano impacto con autorización automática.

Principales aspectos:

-Podrán participar inversores no calificados en la colocación primaria y en la negociación secundaria, sin límite de cantidad.

-Cada inversor podrá invertir hasta UVA 3.000 por emisión y hasta UVA 10.000 en total bajo este régimen.

-Además, no podrá destinar más del 5% de su patrimonio en una emisión ni más del 10% de su patrimonio en el conjunto de emisiones.

Inversores Super Calificados

Se incorpora la posibilidad de realizar ofertas públicas de acciones y ONs de mediano impacto con autorización automática dirigidas exclusivamente a inversores super calificados, es decir, inversores con elevado nivel patrimonial.

En este régimen no se aplicarán límites de colocación al emisor ni límites de inversión por inversor.

El procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” permite a los interesados expresar opiniones sobre la adopción de la reglamentación, esto se podrá hacer hasta el 20 de marzo completando el formulario disponible en la Resolución, y presentándolo a través del siguiente sitio web: https://www.cnv.gov.ar/consultaPublica/normas.aspx

RG N°1113/2026: Nuevo régimen informativo sobre posiciones en futuros y opciones.

El 26 de febrero la CNV aprobó la Resolución General N° 1113 (la “RG 1113”), en la cual incorporó una nueva obligación informativa aplicable a los Mercados en relación con las posiciones abiertas en contratos futuros y opciones por ALyC.

Los mercados deberán remitir semanalmente —dentro de los dos (2) días posteriores al cierre de cada semana— el detalle diario de las posiciones abiertas en futuros y opciones por ALyC. Debe ser un detalle diario completo (aunque el envío sea semanal) con:

-Posiciones abiertas en futuros y opciones

-Identificación del ALyC

-Datos técnicos de los contratos

Quedan exceptuado los Participantes Directos, las entidades financieras y los sujetos comprendidos en el concepto de cartera propia ampliada.

Cronograma de cumplimiento:

-Antes del 31 de marzo de 2026: deberá remitirse la información correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025 y enero de 2026. En esta instancia, la información deberá presentarse con detalle semanal.

-Antes del 10 de marzo de 2026: deberá remitirse la información correspondiente a partir del 1° de febrero de 2026. En adelante, la presentación será semanal y deberá contener detalle diario.

Esta RG estará vigente a partir del 2 de marzo de 2026.

Para cualquier consulta o información adicional no duden en ponerse en contacto con nuestro equipo.

Atentamente,

Luciana Denegri

Felipe Videla

María Victoria Pavani