Eliminación de Derechos de Exportación para productos mineros.
Informe del Departamento de Mineria | Eliminación de Derechos de Exportación para productos mineros.
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El 7 de agosto de 2025 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 563/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo eliminó los derechos de exportación (retenciones) aplicables a una amplia variedad de minerales y productos asociados a la actividad minera, al establecer una alícuota del 0% para 231 posiciones arancelarias. En particular, el decreto comprende minerales metalíferos (por ejemplo, hierro, cobre y níquel), minerales no metalíferos (tales como minerales destinados a la construcción —caliza, granito, mármol, etc.—, así como boratos, bentonitas, cuarzo, potasio y talco), ciertas piedras preciosas o semipreciosas (excluyendo diamantes, rubíes y otras de igual naturaleza), hulla, subproductos y residuos metalíferos, metales y aleaciones metálicas (por ejemplo, cátodos de cobre), así como otros insumos vinculados a la actividad minera (tales como cemento y carbonato de calcio).
Cabe destacar que el Decreto 563/2025 no redujo la alícuota aplicable a la plata y el carbonato de litio, los cuales continúan sujetos a un Derecho de Exportación del 4,5%. En cuanto a la aleación dorada o bullón dorado (doré), su alícuota ya había sido fijada previamente en 0%.
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