JUNE 03, 2026

Autopartes de seguridad: nuevo régimen de trazabilidad mediante Código QR

CIRCULARES

Informe del Departamento de Comercio Internacional y Derecho Aduanero |  Autopartes de seguridad: nuevo régimen de trazabilidad mediante Código QR.

El 2 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 93/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa (SICyPyME), que modifica el régimen de trazabilidad de autopartes y elementos de seguridad vehicular establecido por la Resolución N° 222/2025. La norma introduce adecuaciones operativas al sistema de Código de Respuesta Rápida (Código QR) exigido para la comercialización de autopartes incluidas en el Anexo C del Decreto N° 779/95.

Particularmente, la norma establece:

-Información del Código QR: El código debe contener datos del fabricante o importador (CUIT), identificación del producto, marca, modelo, código interno de fábrica o part number, origen, número de certificación y denominación del Organismo Certificador.

-Ubicación del Código QR: Debe colocarse en un lugar visible del producto o, cuando la naturaleza del bien no lo permita, en su empaque primario.

-Excepción para neumáticos: Cuando resulte materialmente imposible incorporar el QR en el producto o empaque, se admite que la información esté disponible mediante código QR visible en el punto de venta o entrega, garantizando el acceso por usuarios, consumidores y autoridades de fiscalización.

-Venta electrónica o a distancia: La información debe encontrarse accesible para el consumidor en forma previa a la adquisición, mediante un enlace digital visible.

-Régimen transitorio: Las autopartes que se encontraban en canales de comercialización antes de la entrada en vigencia de la Resolución N° 222/2025 podrán continuar comercializándose hasta el 1° de septiembre de 2026, debiendo cumplir con la normativa vigente al momento de su importación o fabricación. Vencido el plazo, deberán adecuarse al nuevo régimen.

-Impacto práctico: Fabricantes e importadores de autopartes de seguridad deberán verificar el cumplimiento del nuevo sistema de QR. Para el caso de neumáticos y ventas a distancia, se prevén modalidades alternativas. El plazo de adecuación para stock preexistente vence el 1° de septiembre de 2026.

El texto completo de la Resolución N°93/2026 se encuentra disponible para su consulta en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Cualquier consulta adicional, quedamos a disposición.

Augusto Vechio

Guido H. Krolovetzky