JULY 04, 2025

Resolución General CNV N.º 1073/2025 – Modificación del procedimiento de actualización de prospecto y programas globales y de emisor frecuente.

CIRCULARES

Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Resolución General CNV N.º 1073/2025 – Modificación del procedimiento de actualización de prospecto y programas globales y de emisor frecuente.

1-Introducción

El 2 de julio de 2025, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) dictó la Resolución General N.º 1073/2025 (“RG N° 1073”), por medio de la cual se introducen modificaciones al procedimiento de actualización de prospectos, incluyendo cambios relevantes para emisores bajo los regímenes General, de Emisores Frecuentes y PYMES.

La nueva normativa se enmarca dentro de un proceso más amplio de revisión y adecuación de las exigencias regulatorias, con el objetivo de simplificar procedimientos, reducir cargas administrativas y acompañar la evolución de las prácticas internacionales en materia de oferta pública de valores negociables.

A continuación, se presenta un resumen de los aspectos clave que regula la RG Nº 1073:

2- Actualización de prospecto

La actualización anual del prospecto, bajo cualquiera de los regímenes aplicables, deja de ser obligatoria para pasar a ser optativa, siempre que se garantice la adecuada publicación de información financiera periódica en la Autopista de Información Financiera (“AIF”), según el régimen que corresponda y se presente, con cada nueva emisión, un suplemento del prospecto que contenga toda la información relevante y actualizada que incluya términos y condiciones, riesgos, hechos relevantes y situación financiera.

3- Emisores Frecuentes: eliminación de la obligación de la ratificación anual

La condición de Emisor Frecuente se mantendrá vigente mientras se cumplan los requisitos normativos aplicables, según surge de la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las NORMAS (N.T.2013 y mod.), sin necesidad de ratificación anual. Sin embargo, la CNV podrá dar de baja dicha condición ante el incumplimiento de alguno de los requisitos normativos señalados o bien requerir información adicional.

La RG N.º 1073 entrará en vigencia el 4 de julio de 2025. Puede acceder al texto completo de la resolución a través del siguiente enlace: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/327819/20250703. Para más detalles o consultas sobre cómo cumplir con estas disposiciones, no duden en contactarnos.

Luciana Denegri

Victoria Pavani