Provincia de Buenos Aires – Autoridad del Agua – Nuevo régimen de prefactibilidad hídrica, aptitudes de obra y permisos para el uso del recurso hídrico y la gestión de efluentes (26/11/2025)
Informe del Departamento de Derecho Ambiental y Cambio Climático | Provincia de Buenos Aires – Autoridad del Agua – Nuevo régimen de prefactibilidad hídrica, aptitudes de obra y permisos para el uso del recurso hídrico y la gestión de efluentes (26/11/2025)
Por medio de la Resolución firma conjunta N° 1746-ADA-2025 publicada en el día de hoy, la Autoridad del Agua (ADA) aprobó un nuevo régimen para la obtención de certificados de prefactibilidad, aptitudes de obra y permisos vinculados al uso y gestión del recurso hídrico en la Provincia de Buenos Aires. En virtud de la aprobación del nuevo régimen, la norma deroga la normativa asociada al régimen anterior[1].
El nuevo procedimiento se gestiona íntegramente en la plataforma electrónica GDEBA y comprende los siguientes pasos:
1- Primer paso: Declaración Jurada Inicial (DJI)
El usuario del recurso hídrico deberá presentar la DJI utilizando el formulario aprobado en el Anexo III que releva datos del usuario, del inmueble, de usos y caudales de agua, efluentes líquidos y redes de monitoreo, constancia de inicio de trámite correspondiente al Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), entre otros. Con esa información, la ADA asignará una Calificación Hídrica (CHi0–CHi3) y un Nivel de Funcionamiento (NF0 o NF1) según los criterios del Anexo I. Si una dimensión resulta CHi0, no se exigen etapas posteriores para ese componente. El NF determina el circuito: NF0 conduce a Aptitudes de Obra (Fase 2) y NF1 a Permisos (Fase 3). En casos de obras parcialmente ejecutadas, el régimen prevé permisos condicionados.
2- Segundo paso: Prefactibilidad hídrica y certificados
Tomando la información de la DJI, la ADA realiza la Prefactibilidad Hídrica, un proceso obligatorio y exploratorio que evalúa viabilidad hidráulica, disponibilidad del recurso y capacidad del cuerpo receptor. El resultado puede ser:
- Certificado de Prefactibilidad Hídrica (CPH), con vigencia de 1 año (NF0) o 90 días (NF1), que no otorga derecho de uso y habilita a continuar; o
- Certificado de Operación (CO) si las 3 dimensiones son CHi0, con vigencia indeterminada mientras no cambien las condiciones. Da permiso de funcionamiento desde el punto de vista hídrico.
3 – Tercer paso: Aptitudes de Obra (Fase 2)
Aplica a usuarios con CPH, calificación CHi1/CHi2/CHi3 y Nivel de Funcionamiento NF0. Se tramitan, según corresponda:
- Aptitud Hidráulica de Obra;
- Aptitud de Explotación del Recurso Hídrico Superficial;
- Aptitud de Explotación del Recurso Hídrico Subterráneo; y
- Aptitud para la Gestión de Aguas Residuales con o sin vertido.
La documentación exigida y las firmas requeridas varían según la CHi y están detalladas en el Anexo II. Las aptitudes son precarias (revocables por razones fundadas sin derecho a indemnización) y su vigencia se ajusta al cronograma aprobado.
La aptitud de obra deberá renovarse “cuando la autorización esté próxima a vencer o se haya vencido en un plazo no mayor a un año, por exceder los plazos máximos legales sin haber iniciado la ejecución”. También, se prevé la posibilidad de obtener una extensión de plazo de una aptitud de obra cuando los plazos de la autorización resultan insuficientes para su finalización.
4 – Cuarto paso: Permisos (Fase 3)
La Fase 3 aplica a usuarios NF1 o a quienes hayan ejecutado obras tras obtener su aptitud. Los permisos que pueden solicitarse son:
- Constancia de Aptitud Hidráulica para obra ejecutada;
- Permiso de Explotación del Recurso Hídrico Superficial;
- Permiso de Explotación del Recurso Hídrico Subterráneo; y
- Permiso para la Gestión de Aguas Residuales con o sin Permiso de Vertido.
La documentación exigida y las firmas varían según la CHi y están detalladas en el Anexo II. Por su parte, el Anexo III aprueba el Formulario Resumen del Proyecto Ejecutivo, exigido para las solicitudes de permisos. El Anexo II también regula renovación y modificación de permisos, con condiciones técnicas específicas (disponibilidad de fuente y capacidad hidráulica del cuerpo receptor).
Asimismo, la norma aprueba “Aptitudes y Permisos Especiales” relacionados con la instalación de redes de monitoreo y con perforaciones para la instalación de protección catódica, así como un Permiso Especial de Explotación y Vertido (referido a una actividad puntual referente al uso del recurso hídrico en un corto período de tiempo como depresión del acuífero libre, prueba hidráulica, entre otros). El Anexo IV detalla la información requerida y las condiciones de renovación y extensión de plazos.
La Constancia de Aptitud Hidráulica, el Permiso de Instalación de red de monitoreo y el Permiso de Perforación para Instalación de Protección Catódica se otorga por única vez, salvo modificación de obra. Los restantes permisos tienen una vigencia de 4 años.
Por otra parte, el Anexo V establece las tasas aplicables diferenciadas por fase, tipo de aptitud o permiso, condición del usuario y Chi:
- La Prefactibilidad Hídrica se grava con el equivalente a 100 litros de gas oil grado 3;
- Las aptitudes y permisos para CHi1 no tienen costo;
- Para CHi2 o CHi3 se calculan como un porcentaje del presupuesto del proyecto u obra, con topes equivalentes a 10.000 litros de gas oil grado 3;
- Para usuarios NF1 las alícuotas de permisos son superiores a las generales;
- También se regulan los supuestos de renovación y modificación, y se precisa que el valor del gas oil grado 3 se determina según la información mensual publicada por la Secretaría de Energía de la Nación.
En cuanto a los trámites en curso, se prevé un régimen transitorio, permitiendo su conclusión bajo la normativa anterior (Resolución ADA N° 2.222/19) o su migración al nuevo régimen. En ese último caso, se deberá acompañar el formulario de “Aceptación de nuevo régimen” incluido en el Anexo VI.
Por último, se establece la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico, en los términos de la Ley N° 15.230.
[1] Resolución ADA N° 2.222/19, Resolución ADA N° 1.033/10 y Disposición ADA N° 175/19.