Nuevo límite máximo de acumulación de espectro radioeléctrico para el Servicio de Comunicaciones Fiables e Inteligentes
Informe del Departamento de Telecomunicaciones, Medios & Tecnología | Nuevo límite máximo de acumulación de espectro radioeléctrico para el Servicio de Comunicaciones Fiables e Inteligentes
El 24 de abril de 2025, el Ente Nacional de Comunicaciones (el “ENACOM”) publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 611/2025 (la “Resolución”, disponible aquí), mediante el cual se dispone la reducción del límite máximo de acumulación de espectro radioeléctrico para el para el Servicio de Comunicaciones Fiables e Inteligentes (STeFI) a ciento cincuenta (150) MHz por licenciatario para cada área de explotación.
Con anterioridad al dictado de la Resolución, el ENACOM había establecido dicho límite en doscientos (200) MHz, a través de la resolución N° 1285/2023.
Según los considerandos de la Resolución, el límite original de doscientos (200) MHz había sido determinado en función de la eficiencia espectral que requiere la tecnología 5G, los antecedentes locales y criterios internacionales sobre despliegue de redes IMT-2020 en bandas medias. En función de los antecedentes técnicos producidos por el propio ENACOM, la Resolución indica que la modificación incorporada no afectaría la calidad del servicio, en el entendimiento de que el límite de doscientos (200) MHz resulta superior al necesario según la tecnología disponible. En función de ello, el ENACOM entiende que la medida favorecería las condiciones de competencia y la equidad en el reparto del recurso.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente,