Decreto Nº313/2020 del Poder Ejecutivo Nacional sobre ampliación de la prohibición de entrada al país a las personas residentes en el país y a los nacionales argentinos residentes en el exterior.
CIRCULAR
Informe del Departamento de Comercio Internacional y Derecho Aduanero | Decreto Nº313/2020 del Poder Ejecutivo Nacional sobre ampliación de la prohibición de entrada al país a las personas residentes en el país y a los nacionales argentinos residentes en el exterior.
Les informamos que en el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº313/2020, por medio del cual se amplió la prohibición de entrada al país a las personas residentes en el país y a los nacionales argentinos residentes en el exterior. Esta medida estará vigente hasta el 31 de marzo de 2020, con la posibilidad de prorrogarse.
Recordamos que el Decreto N°274/2020 había prohibido el ingreso de extranjeros no residentes con el objetivo de reducir las posibilidades de contagio de coronavirus (COVID-19) en el país. Ahora esta medida se aplica también a los residentes y argentinos que se encuentren actualmente en el exterior.
Sin embargo, es importante aclarar que el nuevo Decreto mantiene las excepciones vigentes, que son:
(i) Personas afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, por medios aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y lacustres;
(ii) Transportistas y tripulantes de buques y aeronaves;
(iii) Personas afectadas a operación de vuelos y traslados sanitarios.
Además, agrega como excepción a las personas que, al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren en tránsito aéreo hacia el país con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes.
En este link podrán encontrar el Decreto Nº313/2020.
Quedamos a disposición ante cualquier consulta.