MAY 15, 2020

Decisión Administrativa N°765 dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros.

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CIRCULAR

Informe del Departamento de Derecho Laboral | Decisión Administrativa N°765 dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros

Estimados:

La Decisión Administrativa N°765/20 (“Decisión Administrativa”), dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial el pasado 13 de mayo, adopta las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (el “Comité”) en el Acta N°10.

La Decisión Administrativa dispone que:

(i) Para llevar a cabo el cálculo correspondiente al Salario Complementario del mes de mayo 2020 resulta procedente tomar como referencia la remuneración abonada en el mes de marzo 2020.

(ii) En relación a los criterios de admisibilidad para la obtención del beneficio, la variación del nivel de facturación de los empleadores se considerará comparando los periodos de abril 2019 con abril 2020, salvo para las empresas que comenzaron su actividad luego del 1° de mayo 2019, respecto de quienes la comparación se hará considerando el mes de diciembre 2019. Aquellas empresas que comenzaron su actividad durante el 2020 siguen siendo consideradas “actividades afectadas en forma crítica” y accederán de forma directa al beneficio.

Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Atentamente.

Alvaro Galli
Santiago Taboada