JANUARY 21, 2025

Creación de la Base de Iniciativas Privadas Resolución 11/2025

CIRCULARES

Informe del Departamento de Derecho Administrativo | Creación de la Base de Iniciativas Privadas Resolución 11/2025.

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El día 16 de enero de 2025, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nº 11/2025 (la “Resolución”) del de la Base de Iniciativas Privadas (“BIP”) que estará disponible Ministerio de Economía, mediante la cual se establecieron los procedimientos específicos para la implementación en la página web https://www.argentina.gob.ar/economia.

El régimen de iniciativa privada —regulado en el Decreto N° 713/24—, prevé ciertos incentivos para aquellos particulares que presenten proyectos vinculados a Obras Públicas (Ley 13.064), Concesión de Obras Públicas (Ley 17.520), Reforma del Estado (Ley 23.696) y Contratos de Participación Público Privada (Ley 27.328). En caso de que el proyecto presentado por el particular fuera declarado de interés público, el particular tiene un derecho de preferencia en el procedimiento de selección que el Estado efectúe y, si un tercero es adjudicado, el particular promotor de la iniciativa tiene el derecho a una compensación.

El objetivo de esta normativa consiste en fomentar la presentación de iniciativas privadas destinadas al desarrollo de obras, infraestructuras y servicios públicos en sectores de interés público y se procura garantizar que el financiamiento de los proyectos provenga de origen privado.

La Resolución designa a la Dirección de Cumplimiento y Control de Procesos, dependiente de la Dirección General de Gestión Documental, Transparencia y Acceso a la Información, como la autoridad encargada de la administración de la BIP, en la que se publicará la información suministrada por el organismo receptor de la iniciativa u organismo con competencia en la materia.

La BIP publicará, como mínimo, la siguiente información sobre cada proyecto presentado: (i) La persona que presentó la iniciativa. (ii) La fecha de presentación. (iii) Nombre del proyecto. (iv) Sector productivo involucrado. (v)  Estado del trámite. (vi) Síntesis con los datos más relevantes del proyecto. (vii) Informes relativos al proyecto emitidos por autoridades competentes en la materia.

Por favor no dude en consultarnos por cualquier consulta adicional.

Saludos cordiales,

Oscar R. Aguilar Valdéz

Juan A. Stupenengo

Santiago J. Barbarán