Alerta Normativa: Cambios en el Registro de Infractores de las Leyes de Protección de Datos Personales y “No Llame”
Informe del Departamento Privacidad y Protección de datos personales – Ciberseguridad |Alerta Normativa: Cambios en el Registro de Infractores de las Leyes de Protección de Datos Personales y “No Llame”.
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El 30 de septiembre de 2025, la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”) publicó la Resolución 179/2025 (la “Resolución”), la cual introduce modificaciones significativas a la estructura y los requisitos de información del Registro de Infractores (el “Registro”) de las Leyes N° 25.326 de Protección de Datos Personales y N° 26.951 de Registro Nacional “No Llame”, con el fin de optimizar su utilidad y alinearla con los estándares administrativos actuales (disponible aquí).
La Resolución modifica el inciso b) del artículo 5° de la Resolución AAIP N° 126/2024, eliminando la obligación de registrar en el legajo el grado de acatamiento, la decisión final recaída y la calidad de reincidente del infractor. A partir de ahora, solo se exige consignar la calidad de la falta cometida, la sanción aplicada, los recursos planteados y otros elementos de interés para la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.
Esta medida busca avanzar en una reingeniería del Registro para reforzar su función como herramienta de consulta y apoyo a los sumariantes y autoridades de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales en la toma de decisiones sobre sanciones, considerando la información disponible y las necesidades estadísticas del organismo. La Resolución se alinea con las buenas prácticas de simplificación normativa y mejora continua establecidas por el Decreto N° 891/17.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente,