Consideraciones sobre el acuerdo de foro internacional en el derecho interno argentino
JURISPRUDENCIA ARGENTINA (2023-II, FASC. 1) – THOMSON REUTERS
El derecho internacional privado (“DIPr.”) es el conjunto de normas que gobiernan las relaciones entre personas humanas o jurídicas privadas en un contexto internacional. Su función es solucionar casos jusprivatistas multinacionales en el ámbito de una jurisdicción estatal, de una pluralidad de jurisdicciones estatales o de una jurisdicción internacional. En general, no soluciona conflictos, sino que determina quién puede conocerlos, el derecho aplicable, y los efectos de las decisiones judiciales o arbitrales en jurisdicciones distintas de la de su emisor…
Palabras clave: Resolución de Disputas · Arbitraje
Consideraciones sobre el acuerdo de foro internacional en el derecho interno argentino