APRIL 07, 2020

RG CNV N°832/20: extensión plazos para presentación Estados Financieros | Comunicado de prensa CNV: suspensión plazos procedimientos administrativos.

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Informe del Departamento de Mercado de Capitales | RG CNV N°832/20: extensión de plazos para la presentación de Estados Financieros | Comunicado de prensa CNV: suspensión de plazos procedimientos administrativos

Estimados:

A través del dictado de la RG N°832/20, la CNV dispuso la extensión de los plazos de presentación de estados financieros, conforme se detalla a continuación.

1. Emisoras, Fondos Comunes de Inversión Cerrados y Fideicomisos Financieros sujetos al contralor de la CNV

• Estados Financieros anuales con cierre al 31 de enero, 29 de febrero y 31 de marzo de 2020: de 70 a 90 días corridos de finalizado el ejercicio.
• Estados Financieros trimestrales con cierre 29 de febrero y 31 de marzo de 2020: de 42 a 70 días corridos de finalizado el trimestre.

Esta extensión de plazos es aplicable también a entidades financieras, derogándose lo dispuesto mediante RG 829/20.

2. Emisoras exclusivas VCP

Información trimestral resumida con cierre 29 de febrero y 31 de marzo de 2020: dentro de los 78 días corridos de finalizado el trimestre.

3. PYMES CNV

Aplica la misma extensión que en el punto 1), respecto de la información contable que deben presentar.
En cuanto a la PYME CNV Garantizada, deberán publicar los EECC anuales finalizados el 31 de enero, 29 de febrero y 31 de marzo de 2020, dentro de los 140 días de cerrado el ejercicio.

4. Agentes

Las entidades financieras que se encuentren registradas ante la CNV por sus actividades vinculadas al mercado de capitales, deberán presentar sus Estados Financieros por el período intermedio cerrado el 31 de marzo de 2020, dentro de los 60 corridos de finalizado el mismo.

Asimismo, se establece que las Emisoras, PYMES CNV, y los Agentes de administración y/o custodia de productos de inversión colectiva, deberán informar de manera inmediata a través de la AIF todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la emisora y toda aquella información que deba ser de conocimiento de los inversores, conforme las normas vigentes.

Comunicado de prensa CNV: suspensión de plazos procedimientos administrativos

El pasado 6 de abril, la CNV emitió un comunicado de prensa por medio del cual, en virtud del Decreto 298/20 (prorrogado por el Decreto 327/20), se indica la suspensión de los plazos en los procedimientos administrativos sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

No obstante, teniendo presente que en un procedimiento administrativo los interesados buscan el dictado de una decisión estatal (acto administrativo), y que precisamente la suspensión resguarda el ejercicio de esos derechos individuales, la Comisión indica que:
• Podrá disponer excepciones a la suspensión en el marco de un caso concreto a pedido de parte o de oficio, en base a la necesidad y urgencia del caso y los derechos en juego.
• Los particulares pueden realizar presentaciones en forma remota por la Mesa Virtual habilitada por la CNV.
• Los actos cumplidos o que se cumplan son válidos, pero mientras dure la suspensión no corren los plazos del procedimiento. Particularmente, se destaca que se ha dispuesto la continuidad –bajo la modalidad de trabajo a distancia o remoto- de los trámites de autorización de Fondos Comunes de Inversión, con especial énfasis en aquellos a ser enmarcados dentro de las disposiciones de la Resolución General N°828, de toda tramitación relativa a Fideicomisos Financieros y todas las tramitaciones de autorización de oferta pública de Emisoras. Asimismo, se ha dispuesto la continuidad de toda tramitación relativa a las reglamentaciones presentadas por los Mercados, Cámaras Compensadoras, Agente Depositario Central de Valores Negociables y Agentes de Custodia, Registro y Pago bajo la referida modalidad de trabajo a distancia o remoto.
• Los deberes que recaen sobre los sujetos regulados por la Comisión siguen rigiendo, lo cual comprende especialmente el cumplimiento del régimen informativo atento que el mismo hace a la integridad y transparencia del mercado de capitales.

Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Saludos cordiales.

Javier L. Magnasco
Luciana Denegri
María Victoria Pavani