AUGUST 28, 2023

Resoluciones IGJ (G) N°11/2023 y N°12/2023.

CIRCULARES

Informe del Departamento de Derecho Societario | Resoluciones IGJ (G) N°11/2023 y N°12/2023

Resolución IGJ (G) N°11/2023: nuevos valores de timbrados IGJ para las entidades civiles

La Resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) (G) N°11/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece los siguientes puntos con relación a los nuevos valores de los timbrados para las asociaciones civiles.

ARTÍCULO 1°: Sustitúyese el Anexo I de la Resolución General IGJ Nº7 del 28 de julio de 2015 y sus modificatorias, por el Anexo I de la presente resolución y que forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2°: Para adecuar sus valores, los formularios digitales de los trámites que modificaron su modulación, y que fueron abonados con anterioridad a la fecha de publicación de la presente, deberán ser presentados ante la Inspección General de Justicia hasta el día 31 de octubre de 2023 inclusive, con sus respectivos comprobantes de pago, conjuntamente con un nuevo formulario digital emitido con posterioridad a la fecha de la publicación de la presente; todo ello a los efectos de que sea reimputado el importe abonado.
Dicha presentación deberá efectuarse en las cajas de la Inspección General de Justicia, sitas en la Av. Paseo Colón 285, C.A.B.A., en su horario de atención.

Resolución IGJ (G) N°12/2023: nuevos modelos de Estatutos Inmodificables para las entidades civiles 

La Resolución IGJ (G) N°12/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece los siguientes puntos con relación a los nuevos modelos de Estatutos Inmodificables para las entidades civiles. 

ARTÍCULO 1: Aprobar el Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles que tengan por objeto garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas LGTTTBIQNB+ cuyo texto obra como Anexo I de la presente.  

ARTÍCULO 2: Aprobar el Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles que tengan por objeto asistir y promover el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad y/o con enfermedades poco frecuentes, cuyo texto obra como Anexo II (IF-2023-99186117-APN-IGJ#MJ) de la presente.  

ARTÍCULO 3: Derogar los Estatutos Inmodificables aprobados por Resoluciones Generales IGJ 32/2020 (Anexos 1, 2, 3 y 4), 14/2021 (Anexos I y II) y 16/2021 (Anexo 1). 

ARTÍCULO 4: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles clubes de barrio y pueblo cuyo texto obra como Anexo III (IF-2023-99191795-APN-IGJ#MJ) de la presente.  

ARTÍCULO 5: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles centros de jubilados/adultos mayores, cuyo texto obra como Anexo IV (IF-2023-99233097-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 6: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles centros culturales, cuyo texto obra como Anexo V (IF-2023-99238965-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 7: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles bibliotecas populares, cuyo texto obra como Anexo VI (IF-2023-99251076-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 8: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles que tengan por objeto la asistencia de grupos vulnerados, cuyo texto obra como Anexo VII (IF-2023-99265589-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 9: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles que tengan por objeto erradicación de las violencias de género y la asistencia a víctimas, cuyo texto obra como Anexo VIII (IF-2023-99368570-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 10: Aprobar el nuevo texto del Estatuto Tipo Inmodificable para Asociaciones Civiles cooperadoras escolares, cuyo texto obra como Anexo IX (IF-2023-99377790-APN-IGJ#MJ) de la presente.

ARTÍCULO 11: Las asociaciones civiles que se hubieran constituido a través del Procedimiento Simplificado de Resoluciones Generales IGJ 1/2020 y 7/2020 adhiriendo a cualquiera de los Estatutos Inmodificables aprobados por Resoluciones Generales IGJ 32/2020, 14/2021 y 16/2021, podrán reformar el contenido de su apartado “TÍTULO X: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN”, en su artículo 27 o 28 según corresponda, adoptando la redacción determinada en el artículo 27 del Anexo XV de la Resolución General IGJ 7/2015, mediante procedimiento especial a iniciarse a través del desarchivo del expediente constitutivo, y presentando posteriormente en el mismo acta de Comisión Directiva donde se apruebe la modificación y nota de estilo firmada por Representante Legal solicitando la rectificación del Estatuto Social elegido de acuerdo a lo regulado en la presente Resolución General. Por fuera del desarchivo, el requerimiento de rectificación estatutaria no tendrá costo adicional atendiendo a lo referido en los considerandos.

ARTÍCULO 12: Resultan aplicables las disposiciones de las Resoluciones Generales 32/2020, 14/2021 y 16/2021 de esta Inspección General de Justicia.

ARTÍCULO 13: La presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Quedamos a disposición ante cualquier duda sobre el particular.

Atentamente.

Fernanda Mierez
Miguel M. Silveyra
Miguel C. Remmer