Resolución N°70/2020 de la Agencia de Acceso a la Información Pública.
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Informe del Departamento de Privacidad y Protección de Datos Personales | Resolución N°70/2020 de la Agencia de Acceso a la Información Pública
Estimados:
Hoy fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución N°70/2020 (la “Resolución”) de la Agencia de Acceso a la Información Pública (la “AAIP”). Mediante la misma se establecieron excepciones a la suspensión del curso de los plazos en los procedimientos administrativos decretada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto N°298/2020 y prorrogada por los decretos N°327/2020 y N°372/2020 hasta el día 26 de abril.
En este sentido, la AAIP, haciendo uso de la facultad dispuesta por el Art. 3° del Decreto N°372/2020, resolvió exceptuar de la mencionada suspensión a aquellas denuncias que reciba la AAIP en el marco de la Ley de Protección de Datos Personales N°25.326, así como a aquellos trámites que se encuentren actualmente en curso. La Resolución aclara que continuarán suspendidos los trámites enmarcados en la Ley N°25.326 en los que ya haya comenzado el proceso sancionatorio y el derecho involucrado del titular de los datos ya haya sido atendido.
Además, la Resolución dispuso la excepción a la suspensión de plazos respecto de los tramites referidos a solicitudes y reclamos enmarcados en la Ley de Acceso a la Información Pública N°27.275
Las excepciones dispuestas por esta Resolución buscan garantizar el ejercicio de derechos fundamentales reconocidos por tratados internacionales con jerarquía constitucional como el derecho a la protección de los datos personales y el acceso a la información pública frente a la situación de emergencia sanitaria.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente,
Emilio Beccar Varela
Florencia Rosati