Resolución N°48/2024 de la Secretaría de Comercio: actualización Unidad Móvil 2024 – Defensa de la Competencia.
Informe del Departamento de Defensa de la Competencia | Resolución N°48/2024 de la Secretaría de Comercio: actualización Unidad Móvil 2024 – Defensa de la Competencia
Estimados:
Por medio de la Resolución N°48/2024 de la Secretaría de Comercio, publicada hoy en el Boletín Oficial, se actualizó el valor de la Unidad Móvil [1] para el año 2024. El valor que entrará en vigencia el 25 de enero de 2024 es de AR$506,19.
La Unidad Móvil se utiliza como referencia en la Ley de Defensa de la Competencia N°27.442 (“LDC”) y en el Decreto de Necesidad y Urgencia N°274/2019 de Lealtad Comercial / Competencia Desleal.
La actualización del valor de la Unidad Móvil tiene los siguientes efectos en las normas mencionadas en el párrafo anterior.
1. Defensa de la Competencia
• Se incrementan los umbrales para la notificación de concentraciones a los siguientes: (a) la suma del volumen de negocio total en el país del grupo comprador y la empresa adquirida deberá ser igual o mayor a AR$50.619.000.000 [2]; y (b) el monto de la operación y el valor de los activos situados en la República Argentina que sean transferidos deberán superar AR$10.123.800.000 [3] o el de la suma equivalente a AR$30.371.400.000 [4] en los últimos treinta y seis (36) meses, siempre que se trate del mismo mercado.
• Se eleva a AR$101.238.000.000 [5] el tope máximo de la sanción de multa por infracciones a la LDC que la autoridad puede fijar en aquellos casos en que no es posible determinar el monto de la multa según los criterios establecidos la LDC.
• Se eleva a AR$379.642.500 el tope máximo de la multa diaria por notificación tardía [6] e incumplimiento de órdenes de conducta / compromisos que la autoridad puede fijar en aquellos casos en que no es posible determinar el monto de la multa según los criterios establecidos la LDC.
• La multa diaria [7] para quienes obstruyan o dificulten cualquier investigación o no cumplan los requerimientos de la autoridad en los plazos y formas requeridos se eleva a AR$253.095.
• Se eleva el rango del arancel que podría establecer la autoridad para realizar la notificación (filing fee) a entre AR$2.530.950 hasta AR$10.123.800 [8].
2. Lealtad Comercial:
• Se eleva el monto máximo de la sanción de multa a AR$5.061.900.000 [9].
Notas:
[1] Su monto es actualizado anualmente tomando como referencia la variación del índice de Precios al Consumidor.
[2] 100.000.000 (cien millones) de Unidades Móviles.
[3] 20.000.000 (veinte millones) de Unidades Móviles.
[4] 60.000.000 (sesenta millones) de Unidades Móviles.
[5] 200.000.000 (doscientos millones) de Unidades Móviles.
[6] 750.000 (setecientas Cincuenta Mil) Unidades Móviles.
[7] 500 (quinientas) Unidades Móviles
[8] 5.000 (cinco mil) Unidades Móviles hasta 20.000 (Veinte mil) Unidades Móviles.
[9] 10.000.000 (diez millones) de Unidades Móviles
Quedamos a disposición por cualquier duda sobre el particular.
Atentamente.
Agustín Waisman