Resolución N°338/2022 MAyDS: Seguro Ambiental.
Departamento de Derecho Ambiental y Cambio Climático | Resolución N°338/2022 MAyDS: Seguro Ambiental (04.08.2022)
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La Resolución N°338/2022 estableció que las entidades aseguradoras que obtengan la conformidad ambiental deberán cubrir los riesgos que se correlacionen con la capacidad de remediación acreditada ante el MAyDS. La Unidad de Evaluación de Riesgos Ambientales de la Dirección de Monitoreo y Prevención podrá verificar la correlación entre las capacidades de remediación acreditadas y los riesgos cubiertos, así como los requisitos establecidos en la normativa ambiental.
Los operadores y transportistas de residuos peligrosos que cumplimenten con los requisitos conforme el Anexo I de la Resolución N°388/2018 del MAyDS podrán celebrar contratos con operadores y transportistas de jurisdicción provincial o nacional que careciere de operador local, cumplimentando éstos con los mismos requisitos que se advierten en el Anexo citado.
Estableció asimismo que las Pólizas de Seguros de Caución de incidencia colectiva emitidas por las Entidades aseguradoras deberán ser extendidas indicando como beneficiarios tanto a la autoridad local que por derecho correspondiere como al Estado Nacional por conducto del MAyDS y entes autárquicos y/o interjurisdiccionales de cualquier nivel gubernamental, hasta que se resuelva la situación de que únicamente 6 provincias cuentan con operadores de residuos peligrosos registrados/inscriptos en su propio territorio, mientras que en las 18 jurisdicciones restantes los residuos deben ser transportados para su tratamiento a una extraña jurisdicción. A su vez, las pólizas que ya hubieren sido extendidas a la fecha, sin la totalidad de los beneficiarios antes descriptos, deberán ser regularizadas en el plazo de 90 días a partir del día siguiente de publicada la resolución.
Quedamos a disposición por cualquier información adicional o aclaración que estimen necesaria.
Atentamente.
Manuel Frávega