DECEMBER 31, 2020

Resolución N°332/2020: Guía de fiscalización de la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”).

CIRCULARES

Informe del Departamento de Privacidad y Protección de Datos Personales | Resolución N°332/2020: Guía de fiscalización de la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”)

La Resolución N°332/2020 de la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”), publicada en el Boletín Oficial el 31 de diciembre de 2020, aprueba la guía para la fiscalización en materia de datos personales (la “Guía de Fiscalización”) que tiene por finalidad establecer los lineamientos y procedimientos para las inspecciones a los efectos de evaluar el grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

La Guía de Fiscalización establece que las inspecciones, las cuales podrán ser programadas o espontáneas, abarcarán aspectos jurídicos y técnicos del tratamiento de los datos personales e implicarán el examen de los siguientes aspectos generales relativos a la protección de los datos personales:

a. Licitud del tratamiento;
b. Calidad de los datos personales tratados;
c. Consentimiento del titular del dato;
d. Información;
e. Categorías especiales de datos;
f. Seguridad;
g. Confidencialidad;
h. Cesión y transferencia internacional de datos personales;
i. Prestación de servicios de información crediticia;
j. Tratamiento de datos con fines de publicidad;
k. Procedimientos para el ejercicio de los derechos de los titulares de los datos personales, acceso, rectificación, actualización o supresión.

En los casos que corresponda, se tendrán en cuenta otros aspectos como, por ejemplo, la existencia de una evaluación de impacto en materia de protección de datos personales; los términos y condiciones y política de privacidad del responsable; la actuación de un responsable o delegado de protección de datos; los sistemas de notificaciones a los titulares de datos y a la AAIP en caso de incidentes de seguridad.

Asimismo, la Guía de Fiscalización establece que toda persona pública o privada puede denunciar ante la AAIP una presunta actividad ilícita que pueda resultar violatoria de los principios y obligaciones impuestos por la Ley N°25.326. El denunciante tendrá calidad de tercero en el procedimiento y no de parte, motivo por el cual no debe acreditar una afectación de sus derechos.

Entre otros aspectos, la Guía de Fiscalización establece que la AAIP implementará una planificación anual de inspecciones. En este sentido, la selección de los responsables que serán inspeccionados se basará en criterios objetivos, podrán ordenarse por sectores o grupos, definiéndose la cantidad de inspecciones a efectuar, teniendo en cuenta entre otros los siguientes parámetros, a saber: impacto del tratamiento de datos en la privacidad de las personas; volumen de tratamiento de datos; clase de datos tratados; cantidad de denuncias recibidas por el organismo; gravedad de las denuncias recibidas y actividad desarrollada.

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