JUNE 25, 2021

Resolución N°181/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Minería de la Nación: “Lineamientos Generales para el Gestión Racional de Residuos Mineros”.

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Informe del Departamento de Minería | Resolución N°181/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Minería de la Nación: “Lineamientos Generales para el Gestión Racional de Residuos Mineros”

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La Resolución N°181/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Minería de la Nación (“SMN”) (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el 24 de junio de 2021, aprueba los “Lineamientos Generales para el Gestión Racional de Residuos Mineros” (los “Lineamientos”). El propósito de los Lineamientos es establecer una norma general para la adecuada gestión de los residuos mineros durante todo el ciclo de vida de una mina.

En 2020, previo al dictado de los Lineamientos, mediante la Resolución N°47/2020 la SMN aprobó el “Plan Estratégico para el Desarrollo Minero Argentino”, por medio del cual desarrolló el Programa 15: “Programa Nacional de Sustentabilidad Minera” (el “Programa 15”). El Programa 15 se ubica dentro del Sexto Objetivo Estratégico del Plan Estratégico. Busca contribuir a la preservación ambiental, ejerciendo la supervisión establecida por la Ley N°24.585, garantizando el uso sustentable y sostenible de los recursos naturales.

Los Lineamientos buscan brindar el marco y uniformidad y coherencia a las políticas y regulaciones sobre residuos mineros en Argentina. Definen a los residuos mineros como aquellos derivados de las etapas de exploración y explotación a partir de operaciones de extracción, beneficio y/o procesamiento de minerales y rocas. Así, la gestión de los residuos generados por las actividades minera que no estén directamente relacionados con ella (tales como los residuos domiciliarios o peligrosos no mineros) deben regirse por su propia legislación para su tratamiento o disposición final.

Bajo el artículo 2 de la Resolución, la SMN invita a las Provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a los Municipios provinciales, a adoptar en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones los Lineamientos.

Por su parte, el artículo 3 de la Resolución instruye a la Dirección de Asuntos Federales Mineros dependiente de la Subsecretaría de Política Minera de la SMN, para que en el marco del Consejo Federal Minero (COFEMIN) brinde asistencia a las Provincias para la implementación de los Lineamientos.

Quedamos a disposición por cualquier información adicional que estimen necesaria.

Atentamente.

Marcos Moreno Hueyo
Dolores Reyes