JUNE 13, 2023

Resolución N°139/2023 – Ministerio de Obras Públicas – Gabinete Ambiental.

CIRCULARES

Informe conjunto de los departamentos de Derecho Administrativo y Derecho Ambiental & Cambio Climático | Resolución N°139/2023 – Ministerio de Obras Públicas – Gabinete Ambiental (12.06.2023)

Por medio de la Resolución N°139/2023, el Ministerio de Obras Públicas estableció conformar el “Gabinete Ambiental del Ministerio de Obras Públicas” en el ámbito de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Obras Públicas. Tendrá por función prioritaria promover la incorporación de la perspectiva ambiental en forma integral en lo que respecta a infraestructura pública a nivel nacional, a través de la estandarización de procedimientos, la definición de instrumentos, la planificación de acciones y/o la adopción de metodologías para fases de diseño y construcción de obra física que tengan en cuenta impactos ambientales, escenarios de variabilidad y cambio climático, así como situaciones de vulnerabilidad ambiental específicas de infraestructuras críticas, regiones o poblaciones.

Dicho Gabinete estará integrado por representantes y especialistas ambientales de la Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica, Secretaría de Gestión Administrativa y Unidad de Gabinete de Asesores del Ministerio de Obras Públicas, así como de sus organismos desconcentrados, descentralizados, empresas y entes del Sector Público Nacional que actúan bajo su órbita con incidencia sobre esta problemática, y será coordinada por la Unidad Gabinete de Asesores.

Podrá preverse la participación transitoria y con carácter consultivo de representantes de organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y otros actores del sector privado, con reconocida trayectoria y capacidad técnica en las materias que se aborden en el ámbito del Gabinete.

También, instruyó a la Unidad Gabinete de Asesores, a la Secretaría de Gestión Administrativa, a la Secretaría de Obras Públicas, a la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica y a los organismos desconcentrados, descentralizados, empresas y entes del Sector Público Nacional que actúan bajo la órbita del Ministerio de Obras Públicas para que designen formalmente a un representante titular y un suplente con el objeto de integrar el Gabinete. Asimismo, se solicitará a las mismas áreas que designen mínimo una y máximo tres personas para oficiar de puntos focales, quienes serán el enlace técnico de cada área sustantiva u organismo en el marco de las actividades instruidas por el Gabinete.

Por último, estableció que el Gabinete sesionará de manera periódica y generará los registros necesarios para el seguimiento de los compromisos asumidos en el marco del abordaje de los temas estratégicos tratados. Desarrollará un plan anual de trabajo y el seguimiento del cumplimiento de sus hitos. A tal efecto, cada año el Gabinete aprobará un protocolo o reglamento de funcionamiento interno en donde se definan estos puntos con mayor detalle y se especifique la agenda de trabajo para el período en curso.

En su fundamentación, el Ministro de Obras Públicas refiere que es esencial que se impulsen las obras de infraestructura necesarias para preservar el ambiente, mitigar y adaptarse a los efectos nocivos del cambio climático y que las obras de infraestructura -que comprenden principalmente las de captación, potabilización y distribución de agua segura, redes de saneamiento, plantas de tratamiento de los efluentes líquidos domiciliarios, la gestión de residuos sólidos urbanos, infraestructura para conducción y distribución de agua para el consumo o la producción, infraestructura urbana y viviendas, e infraestructura para el transporte, entre otros- promueven el desarrollo del país y deben ser realizadas atendiendo a su sostenibilidad y al cumplimiento de los estándares y acuerdos internacionales y locales.

Quedamos a disposición por cualquier duda sobre este tema.

Atentamente.

Oscar Aguilar Valdez
Juan A. Stupenengo
Manuel Frávega