SEPTEMBER 06, 2022

Resolución General CNV N°940: régimen simplificado y garantizado para emisiones con impacto social.

CIRCULARES

Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Resolución General CNV N°940: régimen simplificado y garantizado para emisiones con impacto social

Estimados:

La Resolución General N°940 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (CNV), de fecha 31 de agosto de 2022, que tiene como antecedente la Resolución General N°934 mediante la cual se sometió a consideración de los sectores interesados y la ciudadanía en general el anteproyecto, y siguiendo con los avances en la materia que establecieron las Resoluciones Generales N°788 que estableció los Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en la República Argentina (los “Lineamientos”) y N°896 que incorporó las Guías Sustentables, dispuso la creación de un Régimen Simplificado y Garantizado para emisiones de obligaciones negociables con impacto social (el “Régimen”), el cual tiene como iniciativa establecer una alternativa genuina de acceso al crédito para actividades y sujetos relativos a la economía socio-productiva, popular y/o social de impacto, cuyas actividades y/o proyectos representen un significativo impacto social y que, para materializarlo, requieran de fuentes concretas de financiamiento. A continuación, destacamos los principales aspectos que surgen de la Resolución.

En primer lugar, las disposiciones establecidas en el Régimen serán de aplicación para aquellas entidades existentes o constituidas exclusivamente al efecto de financiar proyectos sociales elegibles, encontrándose excluidas aquellas que opten por financiar dichos proyectos a través del régimen general de oferta pública o cualquiera de los regímenes especiales y de fomento que se encuentren contemplados en las Normas.

En segundo lugar, se establece que las obligaciones negociables que se emitan bajo este Régimen deberán seguir los Lineamientos y las Guías Sustentables, como así también contar obligatoriamente y con carácter previo a la autorización, con una evaluación de impacto social otorgada por un agente de calificación de riesgo registrado ante la CNV.

Por otra parte, se establece para este Régimen un monto máximo en circulación de obligaciones negociables de UVA 10.000.000 (UVA diez millones), tal como ocurre bajo el Régimen PYME CNV Garantizada.

Por otro lado, la Resolución dispone que las emisiones encuadradas bajo este Régimen, deberán ser garantizadas en su totalidad por al menos una de las Entidades de Garantía registradas ante la CNV, admitiéndose también la co-garantía, garantías adicionales y/o mecanismos de mejora crediticia.

Finalmente, la Resolución exime a las emisoras comprendidas bajo este Régimen de cumplir con el Régimen Informativo Periódico de las Normas, quedando limitado únicamente al deber de informar determinados hechos relevantes específicos. Además, quedan exceptuadas del pago de la tasa de fiscalización y control aquellas emisoras bajo el Régimen que, además califiquen como PYME CNV.

Es importante destacar que la simplificación informativa que propone este Régimen es similar al aplicable a las PYME, todo lo cual beneficia a emisores que no encuadran en dicha categoría, tales como las asociaciones civiles, cooperativa de mayor escala y otras sociedades que no encuadran en el régimen PYME.

Para más información relativa a la presente resolución, se puede acceder a ella de forma completa a través de la página web de CNV en la sección de “Marco Regulatorio”.

Quedamos a disposición.

Saludos cordiales.

Luciana Denegri
María Victoria Pavani