MARCH 04, 2022

Resolución General CNV N°922: Proyecto de Resolución General sobre Reforma Título XIV Plataformas de Financiamiento Colectivo.

CIRCULARES

Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Resolución General CNV N°922: Proyecto de Resolución General sobre Reforma Título XIV Plataformas de Financiamiento Colectivo

Estimados:

La Resolución General N°922 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (la “Resolución”), de fecha 24 de febrero de 2022, somete al procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” un Proyecto de Resolución cuyo objeto es la modificación del Título XIV de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) (en adelante, las “Normas de la CNV”), conforme el cual se reglamenta el régimen aplicable a las Plataformas de Financiamiento Colectivo (“PFC”) (el “Proyecto”). A continuación, se ofrece una síntesis de sus aspectos más relevantes:

En primer lugar, el Proyecto: (i) incorpora la posibilidad de que los ALYCs, Agentes de Negociación o Entidades Representativas Regionales puedan solicitar la inscripción para actuar como PFC; (ii) amplía y extiende el alcance de los proyectos de financiamiento colectivo a ser financiados; (iii) añade la opción de realizar el financiamiento colectivo a través de valores representativos de capital; y (iv) resuelve que las PFC puedan financiarse emitiendo deuda a través de alguno de los Regímenes de Oferta Pública disponibles, en tanto den cumplimiento a los requisitos del registro que resulten más exigentes para cada caso.

En segundo lugar, el Proyecto propone: (i) actualizar el Patrimonio Neto Mínimo exigido a las PFC, el cual se expresaría en UVAs; (ii) disponer un nuevo monto máximo de emisión acumulada a lo largo de 12 meses, el cual se expresaría en UVAs; (iii) establecer un nuevo límite de participación del 20% para inversores calificados y del 10% para inversores no calificados respecto del monto de un proyecto de financiamiento colectivo; y (iv) delimitar que ningún inversor podrá lograr o mantener, ya sea en forma directa o indirecta, una participación que exceda el 51% de los votos a que den derecho los mecanismos de adjudicación.

Para más información relativa a la presente resolución, se puede acceder a ella de forma completa a través de la página web de CNV en la sección de “Marco Regulatorio”. El plazo para enviar comentarios se fijó en veinte (20) días hábiles, expirando el 29 de marzo de 2022.

Quedamos a disposición por cualquier duda sobre este tema.

Saludos cordiales.

María Victoria Pavani
Luciana Denegri