JUNE 28, 2018

Mercado de capitales: Resolución General CNV N°746.

CIRCULARES

CIRCULAR

Informe del Departamento de Mercado de Capitales: “Resolución General CNV N°746”

Estimados:

La Resolución General Nº746 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), de fecha 22 de junio de 2018 (la “Resolución”), fue dictada con el objetivo de establecer un procedimiento para la actuación de aquellas emisoras que se registren y califiquen como “Emisor Frecuente” (“EF”) ante la CNV.

Asimismo, la Resolución simplifica ciertos aspectos relacionados con la solicitud de oferta pública de valores negociables ante la CNV, cuyas disposiciones son aplicables a la totalidad de las emisoras de valores negociables.

Registro como EF ante la CNV

I. Requisitos para la solicitud de registro como EF

De conformidad con la Resolución, estarán habilitados para solicitar el registro como EF aquellas emisoras que:

  • (i) hayan colocado en los últimos veinticuatro meses anteriores a la solicitud dos emisiones de acciones y/o de obligaciones negociables bajo el régimen general de oferta pública regulado por la CNV;
  • (ii) no registren sanciones administrativas firmes de multa u otra sanción superior por parte de la CNV, ni condenas penales en los últimos dos años;
  • (iii) ni la emisora ni sus subsidiarias se encuentren sometidas a proceso concursal o de quiebra; y que
  • (iv) no adeuden tasas ni aranceles a la CNV.

II. Procedimiento

Para solicitar el registro como EF, el emisor deberá presentar ante la CNV un formulario de solicitud de registro como EF junto con el prospecto, los informes de contador y de abogado y el acta del órgano de administración que decidió la solicitud a tal registro.

Adicionalmente, la Resolución establece un procedimiento simplificado para cada solicitud de colocación de valores negociables para las emisoras registradas como EF ante la CNV.

Asimismo, y en línea con el proceso de “despapelización” del Estado, las presentaciones de los documentos de la oferta se realizarán únicamente a través de un acceso específico que a tal efecto disponga la CNV en la Autopista de Información Financiera (la “AIF”).

Modificaciones al régimen general de oferta de valores negociables

A continuación, detallamos las modificaciones que introdujo la Resolución con relación al proceso de solicitud de colocación de valores negociables en el régimen general:

  • Modificación del modelo de prospecto y creación de un nuevo modelo de suplemento de prospecto, simplificando la información volcada en cada documento.
  • Presentación a través de la AIF del suplemento de prospecto de cada emisión de serie y/o clase en el marco de un programa global.
  • Presentación a través de la AIF del prospecto de programa, en el cual se detallen únicamente los cambios introducidos al programa para su difusión, en caso de aumento de monto y/o prórroga de vigencia del plazo y/o modificación de los términos y condiciones.

La Resolución entró en vigencia el pasado 27 de junio.

Quedamos a su disposición por cualquier consulta o aclaración sobre el particular.

Atentamente.

Javier L. Magnasco
Luciana Denegri