Resolución ENRE N°456/2022: requisitos de habilitación para el abastecimiento de GNV a vehículos de transporte de pasajeros y de carga.
Informe del Departamento de Derecho Ambiental y Cambio Climático | Resolución ENRE N°456/2022: requisitos de habilitación para el abastecimiento de GNV a vehículos de transporte de pasajeros y de carga
Aprobó la Norma NAG-420 “Requisitos de habilitación para el abastecimiento de GNV a Vehículos de Transporte de Pasajeros y de Carga”. La misma establece los requerimientos para la ampliación de las habilitaciones de las Estaciones de Carga de GNV, ya habilitadas bajo la reglamentación vigente conforme la Norma NAG-418 y concordantes, de manera que, con los requisitos propuestos, puedan operar de forma segura el abastecimiento de gas natural a ser utilizado como combustible de vehículos destinados al servicio de transporte de pasajeros o de carga, en el Territorio Nacional.
En su considerando, establece que la Gerencia de Distribución y Gas Natural vehicular resalta que “…el objetivo del Proyecto de Reglamento en tratamiento es establecer las pautas y requisitos para la ampliación de la habilitación de las Estaciones de Carga de GNV previamente habilitadas por las Licenciatarias del Servicio Público de Distribución de acuerdo a la normativa vigente, de manera que puedan operar de forma segura el abastecimiento a vehículos carreteros destinados al servicio de transporte de pasajeros o de carga. El desarrollo del Proyecto se llevó a cabo teniendo en cuenta los siguientes propósitos:
– Promoción y viabilización de políticas tendientes a mejorar la calidad y eficiencia del servicio de transporte público terrestre de pasajeros o de carga, en términos de movilidad más saludable, por la reducción de emisiones gaseosas contaminantes, y sonoras;
– Disminución de los costos del transporte carretero de pasajeros y de carga mediante la utilización de un combustible de menor precio relativo;
– Uso racional de la energía, por el fomento de la utilización de un combustible más amigable con el ambiente, disponible y abundante; y
– Eficiencia operativa del sistema gasífero, por las características planas (no estacionales) del consumo de gas natural que se podría generar a través de su utilización como combustible para VT, o de recolección de residuos en lugares de alta concentración urbana”.
La Gerencia también destaca en su informe que los medios de transporte se identifican como una de las principales fuentes emisoras de ruidos, gases tóxicos, del efecto invernadero y material particulado. En consecuencia, resultaría de suma importancia acompañar desde el ENARGAS, a través del control de la utilización segura del gas natural como combustible y cuidado del ambiente, las acciones tendientes a reducir esos perjuicios en favor de la vida y la salud de la población, aportando el marco regulatorio necesario para el desarrollo de una actividad sustentable y de una industria nacional en tal sentido.
Manuel Frávega