Resolución ENACOM N°802/2020: comunicación de información relacionada con la trata y explotación de personas.
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Informe del Departamento de TMT (Telecomunicaciones, Medios, Tecnología) | Resolución ENACOM N°802/2020: comunicación de información relacionada con la trata y explotación de personas
Estimados:
La Resolución N°802/2020 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) (la “Resolución”), publicada ayer en el Boletín Oficial, establece que los titulares de licencias, permisos y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual y titulares de registros de señales de noticias, cuando difundan información relacionada con la trata y explotación de personas (tanto laboral como sexual), deberán insertar un zócalo para los servicios de televisión o leer en los casos de servicios de radiodifusión la leyenda “Si sos víctima o conocés a alguien que sufra los delitos de trata y explotación de personas, podés llamar al 145, las 24 horas. Es una línea gratuita, anónima y nacional.”
El incumplimiento de lo dispuesto por la Resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N°26.522.
La Resolución deja sin efecto la Resolución N°327-AFSCA/14 que establecía el uso e inserción del zócalo con carácter de recomendación de la autoridad de aplicación.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Saludos cordiales.
Emilio Beccar Varela
Florencia Rosati