APRIL 13, 2021

Resolución conjunta del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N°4/2021: retorno a la actividad presencial.

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Informe del Departamento de Derecho Laboral & Seguridad Social | Resolución conjunta del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N°4/2021: retorno a la actividad presencial.

Estimados:

El pasado 9 de abril entró en vigencia la Resolución Conjunta N°4/2021 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la cual faculta a los empleadores a convocar al retorno a la actividad presencial a los trabajadores -incluidos mayores de 60 años, embarazadas y personas de riesgo- que hubieran recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19 autorizadas para el uso en la República Argentina.

La convocatoria podrá realizarse transcurridos 14 días desde la inoculación.

Los trabajadores de la salud con alto riesgo de exposición, dispensados del deber de asistencia al trabajo por encontrarse en grupos de riesgo o embarazo, podrán ser convocados una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad.
Los trabajadores convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación.

Quedan exceptuadas de la presente Resolución las personas con inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y trasplantados conforme a la Resolución N°627/2020 del Ministerio de Salud.

Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Atentamente.

Alvaro J. Galli
Santiago H. Taboada