Protección de Datos Personales.
CIRCULAR
Informe del Departamento de Privacidad y Protección de Datos Personales: “Protección de Datos Personales”
Estimados:
El pasado 22 de octubre fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nº132/2018 (la “Resolución”) de la Agencia de Acceso a la Información Pública, mediante la cual se modificó el sistema registral para la inscripción, modificación y baja de bases de datos privadas y públicas estatales y no estatales.
A partir de la entrada en vigor de la Resolución, todos los trámites del Registro Nacional de Bases de Datos deberán tramitarse exclusivamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (“TAD”), ingresando con clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP, o del sistema de Gestión Documental Electrónica.
En este sentido, los artículos 5° y 6° de la Resolución establecen que los responsables de bases de datos deberán reempadronarse en el marco del nuevo procedimiento técnico registral implementado. Los responsables de bases de datos privadas tendrán plazo hasta el 31 de octubre de 2019, en tanto los responsables de bases de datos públicas estatales y no estatales, tendrán plazo hasta el 28 de febrero de 2019.
Asimismo, la Resolución establece que el trámite es gratuito y no requiere de renovación anual.
Por último, cabe aclarar que, si bien la Resolución no establece la obligación de renovar las bases anualmente, sí será obligatorio denunciar cualquier actualización o modificación tanto en los datos del responsable como en los datos de las bases de datos, y quedará en manos del responsable cumplir con este deber, toda vez que la inscripción reviste el carácter de declaración jurada.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente.
Emilio Beccar Varela
Florencia Rosati
Mariel Marcet
Martín Beccar Varela