DECEMBER 16, 2020

Propiedad Intelectual – Ley N°27.588: Derecho de Autor – Modificación. Exenciones al pago de derechos. Accesibilidad para personas con discapacidades sensoriales.

CIRCULARES

CIRCULAR

Informe del Departamento de Propiedad Intelectual – Patentes y Marcas | Propiedad Intelectual – Ley N°27.588: Derecho de Autor – Modificación. Exenciones al pago de derechos. Accesibilidad para personas con discapacidades sensoriales.

La Ley N°27.588, publicada en el Boletín Oficial el 16 de diciembre de 2020, modifica la Ley de Propiedad Intelectual N°11.723. Las modificaciones principales introducidas se relacionan con el establecimiento de exenciones al pago de derecho de autor en los siguientes supuestos:

(i) en la representación, la ejecución y la recitación de obras literarias o artísticas ya publicadas, en actos públicos organizados por establecimientos de enseñanza, vinculados con el cumplimiento de sus fines educativos, planes y programas de estudio, siempre que el espectáculo no sea difundido fuera del lugar donde se realice y la concurrencia y la actuación de los intérpretes sea gratuita;

(ii) la ejecución o interpretación de piezas musicales en los conciertos, audiciones y actuaciones públicas a cargo de las orquestas, bandas, fanfarrias, coros y demás organismos musicales pertenecientes a instituciones del Estado nacional, de las provincias o de las municipalidades, siempre que la concurrencia de público a los mismos sea gratuita; y

(iii) en la reproducción, distribución y puesta a disposición del público de obras en formatos accesibles para personas ciegas y personas con otras discapacidades sensoriales que impidan el acceso convencional a la obra, siempre que tales actos sean hechos por entidades autorizadas. Esta exención se extiende al derecho de los editores de obras literarias.

Adicionalmente, la Ley N°27.588 crea un catálogo de las obras en formato accesible, a fin de contar con un repertorio nacional de dichos ejemplares y facilitar su intercambio nacional e internacional.

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