MARCH 27, 2019

Privacidad y Protección de Datos Personales: alerta normativa sobre Resolución AAIP Nº34/2019.

CIRCULARES

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Estimados:

Recientemente fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nº34/2019 (la “Resolución”) de la Agencia de Acceso a la Información Pública (la “AAIP”), mediante la cual se sustituyó el artículo 3° de la Disposición 60 – E/2016 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales que aprobó las cláusulas contractuales tipo de transferencia internacional para aquellas transferencias de datos que tengan por destino países sin legislación adecuada en materia de protección de datos personales, al tiempo que estableció cuáles eran los países con legislación adecuada.

Tras recibir una solicitud por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (el “Reino Unido”) requiriendo que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar el flujo internacional de datos personales desde la República Argentina al Reino Unido tras la salida de éste de la Unión Europea, la AAIP hizo una revisión de antecedentes y concluyó que los estándares de protección de datos personales proporcionados por el Reino Unido se han mantenido e incluso se han reforzado. Por ello, la AAIP considera que el Reino Unido continúa proporcionando un nivel de protección adecuado en los términos de la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326.

En virtud de lo anterior, la Resolución reemplaza el artículo 3° de la Disposición 60-E/2016 con el siguiente: “A los fines de la aplicación de la presente disposición, se consideran países con legislación adecuada, a los siguientes: Estados miembros de la Unión Europea y miembros del espacio económico europeo (EEE), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Confederación Suiza, Guernsey, Jersey, Isla de Man, Isla Feroe, Canadá sólo respecto de su sector privado, Principado de Andorra, Nueva Zelanda, República Oriental del Uruguay y Estado de Israel sólo respecto de los datos que reciban un tratamiento automatizado”.

Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Atentamente.

Emilio Beccar Varela
Florencia Rosati
Mariel Marcet
Martín Beccar Varela