NOVEMBER 11, 2020

Pago tasa anual IGJ – Sociedades por Acciones – únicamente aplicable a sociedades inscriptas en Ciudad de Buenos Aires.

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Informe del Departamento de Derecho Societario | Pago tasa anual Inspección General de Justicia (IGJ) – Sociedades por Acciones – únicamente aplicable a sociedades inscriptas en la Ciudad de Buenos Aires

Estimados:

La Resolución del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos N°511-2020, publicada en el Boletín Oficial el pasado 5 de noviembre, establece el día 4 de diciembre de 2020 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual por el corriente año para las sociedades por acciones inscriptas en la Ciudad de Buenos Aires.

La tasa anual se determina computando el monto del capital social más el de la cuenta ajuste de capital, resultante de los estados contables de cada sociedad, calculados según el último balance presentado (o que debió presentarse) ante la IGJ, antes del vencimiento del plazo para el pago de la tasa.

En relación a aquellas sociedades que no hubieren realizado la presentación de sus estados contables en tiempo oportuno, la IGJ practicará la estimación de oficio del importe que corresponda abonar.

En el caso de no cumplir con el pago de la tasa anual en el plazo determinado, se deberá solicitar a la IGJ la expedición de una boleta en la cual se encontrarán ya liquidados los intereses punitorios y será sancionada la sociedad con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

La Resolución General IGJ N°2/2013, publicada en el Boletín Oficial el 23 de agosto de 2013, establece que el cálculo y la emisión de la boleta correspondiente a la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones en virtud de la Ley N°25.237 y de las Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete N°55/2000 y N°46/2001, será realizado en forma exclusiva mediante el sitio web oficial de la Inspección General de Justicia, a través del siguiente link: https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/

Las tasas se abonan en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o bien en las cajas de IGJ, tanto de la sede central como las ubicadas en los colegios profesionales de profesionales matriculados. El pago puede realizarse en efectivo, tarjeta de débito, cheque con firma de escribano o cheque certificado por el banco.

Por favor tener en cuenta que los cheques deben emitirse a la orden de “Banco de la Nación Argentina” y al dorso de estos debe hacerse referencia a la cuenta IGJ, incluyéndose la siguiente leyenda: “Inspección General de Justicia cuenta N°790/30”, y que los mismos se acreditan en un plazo de 48 horas.

Agradeceremos nos hagan llegar oportunamente copia del comprobante de pago efectuado, para actualizar nuestros archivos.

Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Saludos cordiales.

Fernanda Mierez
Miguel M. Silveyra
Miguel C. Remmer