Nuevo Reglamento Técnico para materiales de construcción
Informe del departamento de Comercio Internacional y Derecho Aduanero | Nuevo Reglamento Técnico para materiales de construcción
El 30 de agosto de 2024, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Economía, aprobó el nuevo Reglamento Técnico que establece los requisitos y las características esenciales de calidad y seguridad que deberán cumplir los materiales para la construcción que se comercialicen en Argentina. Esta medida, formalizada mediante la Resolución 236/2024 publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo unificar los reglamentos técnicos aplicables a estos productos y facilitar el comercio mediante la aplicación de normativas comunes, simplificando así los procedimientos y reduciendo los costos de certificación. En este marco, se derogan diversas resoluciones que anteriormente regían estos materiales, con el propósito de actualizar los estándares de calidad y mejorar la eficiencia en la gestión de los procedimientos comerciales.
Entre las normas derogadas por esta nueva resolución se incluyen las Resoluciones Nros. 404/99 de la ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería, 599/17, 900/17, 158/18, 21/18 y 54/18 todas de la ex Secretaría de Comercio, así como las Resoluciones 753/20 y 910/21 de la ex Secretaría de Comercio Interior.
La nueva resolución cubre una amplia gama de productos destinados a la construcción, los cuales deberán cumplir con requisitos que aseguren la protección ambiental, la seguridad personal y la seguridad nacional, además de proporcionar información clara y precisa.
Entre los productos incluidos en el Anexo II de la Resolución se encuentran productos de acero, tableros compensados de madera, cementos, y materiales para instalaciones eléctricas.
Los fabricantes nacionales e importadores de los productos detallados en el Anexo II deberán cumplir con los requisitos técnicos establecidos en la resolución. Estos requisitos están diseñados para garantizar que los productos sean seguros y de alta calidad, y deberán ser certificados mediante una Declaración Jurada de Conformidad.
Asimismo, los distribuidores y comercializadores, tanto mayoristas como minoristas, están obligados a exigir a sus proveedores el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución. Deberán contar con una copia simple de la Declaración Jurada de Conformidad, en formato papel o digital, para ser exhibida cuando se lo requiera.
Las obligaciones establecidas respecto de los materiales de construcción serán exigibles a partir de las siguientes fechas:
– Productos de Acero: 23 de octubre de 2024
– Tableros compensados de madera: 23 de octubre de 2024
– Cementos: 20 de noviembre de 2024
– Materiales para instalaciones eléctricas: 9 de diciembre de 2024
La presente Resolución entró en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Augusto Vechio