FEBRUARY 12, 2019

Mercado de Capitales: Resoluciones Generales CNV N°781 y N°782.

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Informe del Departamento de Mercado de Capitales | Resoluciones Generales CNV N°781 y N°782

Estimados:

A continuación encontrarán un breve resumen de las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) N°781 y N°782.

Resolución General CNV N°781

La Resolución fue dictada con el fin de contemplar normativamente cuestiones de orden operativo surgidas a partir del procedimiento de colocación de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (los “Fondos”) en el exterior.

Esta Resolución establece plazos máximos para la puesta disposición de los fondos correspondientes a la suscripción de cuotapartes de Fondos en el exterior, condicionando la emisión a la aceptación por parte del Administrador de una orden irrevocable de suscripción, debiendo producirse la disponibilidad efectiva de los fondos correspondientes dentro de las 72 horas de aceptada dicha orden.

Asimismo, en línea con tales modificaciones, se incorpora el mecanismo de difusión del Reglamento de Gestión como contenido del convenio que debe ser suscripto entre la Sociedad Gerente y Depositaria con sus intermediarios en el exterior.

Por último, destacamos que la Resolución CNV N°781 actúa de manera consecuente con las modificaciones introducidas por la Ley de Financiamiento Productivo Nº27.440 en cuanto a la actualización del régimen legal aplicable a los Fondos, y con la ampliación en los canales de distribución y colocación de las cuotapartes de éstos, introducidas por la Resolución General Nº748 de la CNV, de fecha 22 de junio de 2018.

Resolución General CNV N°782

La Resolución fue dictada con el fin de extender el plazo límite –con carácter excepcional- hasta el 6 de marzo de 2019 para la presentación de los Estados Financieros correspondientes a periodos contables intermedios, cuyo cierre sea el 31 de diciembre de 2018.

La Resolución encuentra su origen en la complejidad que implica la implementación del ajuste por inflación de los Estados Financieros a los diversos actores en cuanto a la capacitación, modificación u adaptación de sus sistemas informáticos, por medio de las cuales se solicitó un plazo adicional para lograr cumplir con lo dictaminado por la CNV mediante la Resolución General Nº777, en cuanto a la presentación de estados financieros en moneda homogénea a partir del cierre al 31 de diciembre de 2018.

Esta prórroga excepcional no será extensiva a entidades financieras, compañías de seguros, cooperativas y asociaciones mutuales.

Quedamos a su disposición por cualquier consulta o aclaración sobre el particular.

Atentamente.

Luciana Denegri
María Victoria Pavani