AUGUST 10, 2023

Ley 27.553: ¿Con qué disposiciones legales cuenta la telemedicina en Argentina?

PRENSA

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Áreas de práctica relacionadas: Derecho de la Salud – Life Sciences | Entrevista · Ana Andrés 

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A fines de julio, se sancionó la Ley 27.706 con la que se crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina.

“Desde el punto de vista regulatorio, la telemedicina puede considerarse una novedad en Argentina. Si bien es una práctica que, de alguna otra manera, era implementada por distintos actores del sistema de salud, fue reconocida por ley recién en 2020, con la denominada Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales”, detalla Ana Andrés, socia de Beccar Varela.

La líder del departamento de Derecho de la Salud – Life Sciences de la firma se remonta a un hito registrado durante la pandemia y explica la evolución de esta modalidad de atención sanitaria implementada a nivel público y privado.

El mayor desafío, dice, es regular todos los frentes que competen la atención sanitaria sin perjudicar la eficiencia del servicio bajo modalidad virtual y potenciarlo.

En lo que va del año, se han registrado varios avances, como la reglamentación de la Ley 27.553 y algunas normativas complementarias. A partir de estos avances, ¿cuáles son las áreas pendientes?

“Hay cuestiones pendientes de regulación esenciales a la implementación de la telemedicina y el uso de las plataformas que se utilizan para ello. En ese sentido, sería conveniente contar con una mayor claridad sobre los requisitos que deben cumplir las plataformas que facilitan el servicio, el alcance de su uso y, en especial, el tratamiento y protección de los datos altamente sensibles, gestionados a través de las plataformas de telemedicina”, detalla la abogada.

Ana Andrés explica el panorama que rodea a la telemedicina, la implementación de la teleasistencia, la receta médica e historia clínica digital, sus oportunidades, desafíos y áreas pendientes.

¿Qué tipo de atención se puede y no se puede dar mediante telemedicina? ¿Qué prácticas pueden ejercer empleando un entorno o medio virtual?

Ana Andrés – La Ley 27.553 modificó dos normas preexistentes: la del ejercicio de la medicina, odontología y sus actividades de colaboración y la del ejercicio de la psicología. De esta forma, habilitó la teleasistencia para el ejercicio de la medicina, la odontología y las actividades de colaboración, así como la psicología.

De acuerdo con el decreto reglamentario de la ley, la “teleasistencia” es la provisión de servicios por un equipo de salud para “promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación”, a través de la utilización de TICs.

Considerando que las normas no prevén mayor precisión dentro de los ejercicios de estas actividades, es posible brindar atención a través de la telemedicina en todo aquello que sea posible, pues no hay prohibiciones específicas.

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