NOVEMBER 03, 2020

Jurisprudencia | Caso Carmel: marcas – medida cautelar – rechazo – inexistencia de superposición de productos o servicios.

CIRCULARES

Jurisprudencia | Caso Carmel: marcas – medida cautelar – rechazo – inexistencia de superposición de productos o servicios.

“Carmel Country Club S.A. c. Netflix Inc. y otros s. Medidas Cautelares”, Causa N°6600/2020, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala II, 3 de noviembre de 2020.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada por Carmel Country Club S.A. que fuera rechazada por el juez de primera instancia por entender que la medida solicitada excedía el limitado marco cognitivo de un proceso cautelar tomando en consideración que la difusión de información e ideas a través de Internet se considera comprendido dentro de la garantía a la libertad de expresión y la publicación de ideas sin censura previa.

La medida solicitada basada en la marca de hecho “Carmel” y la denominación comercial idéntica, contra Netflix y otros tuvo por objeto que se ordene el inmediato cese de uso de las expresiones “Carmel Country Club” y/o “Carmel”, el inmediato cese de la promoción y reproducción de los contenidos audiovisuales y la distribución a través de plataformas en línea o de streaming con la denominación “Carmel Country Club” y/o “Carmel”, el inmediato cese de la promoción y reproducción del trailer con el título “Carmel, ¿Quién mató a María Marta” y la suspensión de estreno de la serie con el mismo título a llevarse a cabo el día 5 de noviembre de 2020.

Para así decidir, la Sala II tuvo en consideración que las marcas “Carmel, ¿Quién mató a María Marta?”, solicitadas en las clases 38 y 41 del Nomenclador Marcario Internacional para la serie audiovisual no presentan relación con los servicios que presta la actora (actividades inmobiliarias). Por ello, al no existir superposición de productos ni de servicios se descartó la hipótesis de confusión indirecta con probabilidad de generar confusión en el público consumidor, asociación con la actividad de la actora, sus servicios y, eventualmente, productos con la serie, así como la posibilidad de que se pueda atribuir a todos ellos un origen común.

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