Impuesto PAIS sobre pago dividendos y utilidades
Informe del departamento de Derecho Tributario | Impuesto PAIS sobre pago dividendos y utilidades
A través del Decreto 385/2024, publicado en el Boletín Oficial el 6 de mayo de 2024 se introdujeron cambios al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (“Impuesto PAIS”), quedando alcanzadas por el impuesto las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país para el pago de obligaciones por utilidades y dividendos.
Se determinó que quedan alcanzadas por el Impuesto PAIS las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1 de septiembre de 2019. Asimismo, se establece una alícuota del 17,5% para tales operaciones.
Por otro lado, también quedará alcanzado por el Impuesto PAIS la suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la suscripción de aquellos bonos o títulos que el BCRA emita en el futuro, en concepto de pago de utilidades y dividendos y/o la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 01 de septiembre de 2019. Asimismo, se establece una alícuota del 17,5% para tales operaciones.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente.
Santiago L. Montezanti
Enrique López Rivarola