DNU N°891/2020: prohibición de despedir sin causa, y de despedir y suspender por falta o disminución de trabajo o fuerza mayor – prórroga por 60 días.
CIRCULAR
Informe del Departamento de Derecho Laboral & Seguridad Social | Decreto de Necesidad y Urgencia N°891/2020: prohibición de despedir sin causa, y de despedir y suspender por falta o disminución de trabajo o fuerza mayor – prórroga por 60 días
Estimados:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N°891/20 (el “DNU”), publicado en el Boletín Oficial el pasado 16 de noviembre, prorroga por 60 días la prohibición de despedir sin causa, y de despedir y suspender por falta o disminución de trabajo o fuerza mayor. La fecha hasta la cual regirá dicha prohibición es el 24 de enero de 2021.
(i) Quedan exceptuados de la prohibición, las suspensiones en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
(ii) Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el DNU no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales; y
(iii) La prohibición establecida en el DNU no resultará aplicable a aquellas contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Atentamente.
Alvaro J. Galli
Santiago H. Taboada