Decreto MAyDS N°241/2022: Unidad fija para el monto de las multas por infracciones.
Informe del Departamento de Derecho Ambiental y Cambio Climático | Decreto N°241/2022: Unidad fija para el monto de las multas por infracciones.
Por medio del Decreto N°241/2022, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) creó una UNIDAD FIJA (UF) como unidad de medida para la determinación de las multas por las infracciones que se cometan con relación a lo previsto en los artículos 31 y 34 de la Ley N°13.577, modificada por la Ley N°20.324, sus normas reglamentarias y complementarias, cuyo valor será equivalente al valor de la Unidad Retributiva fijada en virtud de lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°2098/2008, sus modificatorias y complementarias.
La última actualización de los topes máximos previstos para las multas establecidas en el artículo 34 de la Ley N°13.577 se efectuó mediante lo dispuesto en el inciso c) del artículo 1° del citado Decreto N°776/1992, siendo los mismos de (a) $50.000 para los propietarios, proveedores, usuarios y personas humanas o jurídicas que no cumplan con las obligaciones ya establecidas y (b) para el caso de los establecimientos industriales o especiales que motiven la contaminación de cursos de agua en el momento de su constatación, hasta $100.000.
Luego de treinta años, el presente decreto introdujo una actualización mediante la cual el montó pasó de (a) $50.000 a $46.800.000 y de (b) $100.000 a $93.600.000. Estableció sustituir el artículo 15 del Decreto N°674/1989 y su modificatorio, por nuevas sanciones aplicables a infracciones. Quedó determinado así, que los establecimientos que descarguen vertidos sin autorización o que no se registren ante MAyDS para empadronarse, serán pasibles de una multa mínima de 10.000 UF, graduada de acuerdo a la peligrosidad y cantidad del vertido.