Decreto 329/2020 del Poder Ejecutivo Nacional: prohibición de despidos sin causa y de despidos y suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
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Informe del Departamento de Derecho Laboral y Seguridad Social | Decreto 329/2020 del Poder Ejecutivo Nacional: prohibición de despidos sin causa y de despidos y suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Informamos a Uds. que el día 31 de marzo de 2020 en horas de la noche se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 329/2020, por el cual se prohíben los despidos sin causa y los despidos y suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. La medida rige por un plazo de sesenta días a partir del 31/03/2020.
Quedan exceptuadas de esa prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Es decir, las suspensiones pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación.
Los despidos y suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto en el Decreto 329, no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Quedamos a su disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.