AUGUST 09, 2024

Comunicación “A” 8085: Nuevas flexibilizaciones cambiarias

CIRCULARES

Informe del departamento de Bancos e Instituciones Financieras | Comunicación “A” 8085: Nuevas flexibilizaciones cambiarias

El día de ayer, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8085 (la “Comunicación 8085”), mediante la cual se disponen flexibilizaciones en materia cambiaria, al modificarse ciertas previsiones del Texto Ordenado de Exterior y Cambios (el “Texto Ordenado”).

A continuación, un resumen de las nuevas medidas y sus principales efectos.

 Anticipo de Operaciones Cambiarias. Ampliación del Límite

La Comunicación 8085 dispone que, a partir del 14/8/24, las entidades financieras deben cumplir con el régimen informativo de “anticipo de operaciones cambiarias” previsto en el Punto 3.16.1 del Texto Ordenado (i.e. informar por anticipado las operaciones al BCRA), cuando las mismas alcancen un monto diario igual o superior a US$ 100.000. El límite anterior era de US$ 10.000 (ver nuestro último resumen).

Registro de Información Cambiaria. Derogación

Por otro lado, se dispone que a partir de hoy se deja sin efecto el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes”, previsto en el punto 3.16.5 del Texto Ordenado.

Este registro, bajo el cual debían registrarse los exportadores e importadores que el BCRA identificaba como “significativos” según los volúmenes operados, había sido creado en virtud de la Comunicación “A” 7200, de fecha 6/1/21 (remitimos a nuestro resumen).

Quedamos a disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.

Atentamente,

Pablo J. Torretta

a8085.pdf