Comunicación “A” 8042: Nuevas flexibilizaciones cambiarias
Informe del departamento de Bancos e Instituciones Financieras | Comunicación “A” 8042: Nuevas flexibilizaciones cambiarias
El 13 de junio, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8042 (la “Comunicación 8042”), mediante la cual se flexibilizan ciertas restricciones aplicables a operaciones de compra de títulos valores.
Recordemos que la Comunicación “A” 7340, de fecha 12/08/21, entre otras cuestiones, restringió ciertas operaciones de títulos valores en moneda extranjera, al establecer que deben abonarse mediante una transferencia de fondos desde una cuenta bancaria del cliente (ver nuestro resumen). Es decir, no se permite pagar la adquisición de títulos valores con fondos en moneda extranjera que no provengan de una cuenta bancaria, abierta a nombre de quien completa la transacción.
Ahora, la Comunicación 8042 establece que, a partir del 1/7/24, los requisitos de la Comunicación 7340 no resultarán de aplicación para las compras de títulos valores que se concreten con fondos en moneda extranjera, cuando provengan de cobros de servicios de títulos emitidos por residentes, y que hubieran sido recibidos durante los 15 días hábiles previos.
En definitiva, se permite la reinversión de los cobros de servicios de los mencionados títulos, sin tener que transferir previamente los fondos a una cuenta bancaria (i.e. pueden utilizar cuentas de custodia). Las compras de títulos valores con otros fondos (e.g., aquellos recibidos por la venta de títulos valores contra moneda extranjera) aún se encuentran sujetas a lo establecido en la Comunicación 7340.
Por último, la excepción dispuesta en la Comunicación 8042 será de aplicación en la medida que la reinversión de los fondos resulte neutra en materia impositiva.
Quedamos a disposición por cualquier información adicional que consideren necesaria.
Pablo José Torretta