SEPTEMBER 02, 2024

Cambios en el Régimen de Reposición de Existencias (Repostock)

CIRCULARES

Informe del departamento de Comercio Internacional y Derecho Aduanero | Cambios en el régimen de reposición de existencias (Repostock) 

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 779/2024, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, que tiene por objeto introducir modificaciones relevantes en el Régimen de Reposición de Existencias (Repostock).  

El régimen de reposición de stock permite al usuario importar mercaderías para consumo destinadas a la reposición de aquellas que, habiendo sido previamente importadas y sometidas a un proceso de perfeccionamiento industrial, hayan sido posteriormente exportadas para consumo. Si la mercadería transformada se exporta dentro del plazo de 360 días, se podrá importar nuevamente la reposición de insumos sin la obligación de pagar los tributos que gravan la importación para consumo, incluyendo tasas de estadística y comprobación de destino, así como el Impuesto PAÍS. Solo se deberán abonar el IVA y las percepciones correspondientes a IVA, Impuesto a las Ganancias e Impuestos Internos, cuando corresponda. 

El Decreto dispone que los usuarios directos del régimen podrán importar mercaderías destinadas a la reposición de aquellas que ya fueron importadas y exportadas, sin la obligación de que sean idénticas y del mismo origen. Este cambio busca aliviar a las empresas que enfrentaban dificultades para cumplir con este requisito, especialmente en el contexto actual de cadenas de suministro afectadas por factores globales. 

Asimismo, se introducen nuevas reglas para la certificación de importaciones bajo el régimen Repostock, con la autorización para importar por la Subsecretaría de Comercio Exterior, vinculada directamente a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA). Dicho cambio, tiene como objetivo lograr una mayor digitalización y transparencia en el Regimen.  

En resumen, los cambios más significativos del régimen son: 

– Eliminación del requisito de identidad y origen en la reposición: Los usuarios directos pueden importar mercaderías para reponer las previamente exportadas, sin necesidad de que sean idénticas ni del mismo origen. 

– Simplificación en la certificación de importaciones: La autorización para la importación con beneficio de reposición será gestionada por la Subsecretaría de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), logrando una digitalización en el proceso.

Augusto Vechio