AUGUST 22, 2019

Actualización del régimen de control de exportaciones

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Informe del Departamento de Comercio Internacional y Derecho Aduanero: Actualización del Régimen de control de exportaciones.

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El 13 de agosto de 2019 se publicó en el Boletín Oficial, la Resolución Conjunta 52/2019 emitida por el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Producción y Trabajo y el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la cual se actualizó el Régimen de Control de Exportaciones Sensitivas y de Material Bélico regulado por el Decreto N°603/1992.

La modificación consistió en la sustitución de los cinco anexos del Decreto N°603/1992, que contenían las listas de productos sujetos al régimen, incorporando los últimos estándares internaciones en la temática.

En este sentido, se incorporó:

1. La última actualización del grupo de expertos del Régimen de Control de Tecnología Misilística como Anexo A titulado “Anexo de Equipamiento, Software y Tecnología del Régimen de Control de Tecnología Misilística”.

2. La última actualización de las listas de control del Grupo de Australia como anexo B, conteniendo la “Lista de Sustancias Químicas Sujetas a Control por parte del Gobierno nacional”, la “Lista de Instalaciones y Equipos de Fabricación de Sustancias Químicas de Doble uso y Tecnología y Sistemas Informáticos Asociados”, la “Lista de Equipos Biológicos de Doble uso y Tecnología y Sistemas Informáticos Asociados”, la “Lista de Patógenos Humanos, Animales y Toxinas para el Control de Exportaciones”, y la “Lista de Patógenos Vegetales”.

3. Las últimas directrices del Grupo de Proveedores Nucleares incluyendo como anexo C las “Directrices para las Transferencias de Equipos, Materiales y Software de Doble uso del Ámbito Nuclear y de la Tecnología Conexa” y la “Lista de los Equipos, Materiales y Software de Doble uso del Ámbito Nuclear y de la Tecnología Conexa”, además de la “Lista de Productos Nucleares o de Uso Nuclear”.

4. La última actualización de la Reunión Plenaria del Acuerdo de Wassenaar, incorporando como anexo D la “Lista de Material Bélico” y como anexo E la “Lista de Materiales y Tecnologías de Doble Uso”.

Es importante remarcar que las exportaciones de productos mencionados en dichos anexos deberán contar con una Licencia Previa de Exportación expedida por la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y Material Bélico.

En el siguiente link podrán encontrar copia de la Resolución Conjunta 52/2019:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/325000-329999/326568/norma.htm

Quedamos a disposición ante cualquier consulta.

Saludos cordiales.

Augusto Vechio