OCTOBER 15, 2020

Disposición ACUMAR N°51/2020: Prórroga – Obligación de actualizar información en el empadronamiento.

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Informe del Departamento de Derecho Ambiental | Disposición ACUMAR N°51/2020: Prórroga – Obligación de actualizar información en el empadronamiento

Estimados:

Por medio de la Disposición N°51/2020, el Directorio General Ambiental de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) resolvió prorrogar la obligación de actualizar la información declarada en el Empadronamiento, correspondiente al año 2020, establecido en el artículo 10 de la Resolución N°297/2018. La normativa dispone que aquellos establecimientos que tengan el deber de actualizar la información declarada en el Empadronamiento en el presente año, deberán hacerlo en el año 2021, en el período comprendido entre el 15 de octubre y el 31 de diciembre de 2021 inclusive.

La Disposición fue publicada en el Boletín Oficial el 14 de octubre de 2020.

Atentamente.

Angeles Murgier