JULY 11, 2019

Novedades Legales Fintech en Argentina

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Informe del Departamento Fintech | Novedades Legales Fintech en Argentina

Estimados:

Los integrantes del Departamento Fintech de Beccar Varela estamos muy contentos de anunciar el lanzamiento de nuestros informes periódicos, en los que encontrarán novedades legislativas relativas al mercado Fintech en Argentina.

En esta primera edición, encontrarán un breve resumen de las regulaciones más importantes que fueron emitidas durante el primer semestre de 2019, las que evidencian el crecimiento que transita el mercado Fintech en nuestro país.

Gravaron las operatoria mediante billeteras virtuales en la Provincia de Buenos Aires

Los agentes y procesadores de pago deberán actuar como agentes de retención. En julio de 2019, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) emitió la Resolución Normativa Nº19 que establece que aquellas personas que presten servicios tendientes a facilitar la gestión, procesamiento, agregación o agrupación de pagos a fin de recibir o efectuar pagos por cuenta y orden de terceros utilizando una plataforma, sitio web, aplicaciones informáticas u otros medios de comunicación deberán actuar como agentes de retención respecto del Impuesto a los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. Esta retención será aplicable a aquellos sujetos registrados en el padrón de Ingresos Brutos de ARBA, como también a cualquier usuario (no registrado en el padrón) que realice ventas de bienes o servicios por plataformas de pago por un monto superior a $25.000, en el caso que residan en la provincia de Buenos Aires.

Nueva reglamentación de la Ley de Firma Digital

La firma digital equivale a una firma certificada. En marzo de 2019, a través del Decreto 182/2019, el Gobierno Nacional renovó y actualizó la regulación del uso de la firma digital en Argentina, con la intención de superar las limitaciones de las regulaciones anteriores y de expandir y fomentar el uso de la firma digital en transacciones públicas y privadas. Este decreto también establece que la firma digital tendrá la misma validez que una firma certificada por escribano público, para lo que reguló a los llamados “terceros de confianza” (esto será muy útil, especialmente para la emisión de pagarés electrónicos).

Ampliación de la base para el cálculo de tasas de interés en operaciones de tarjetas de crédito

¿Tasas más altas? En abril de 2019, a través de la Comunicación A 6664, el Banco Central Argentino expandió la base de cálculo que los emisores de tarjetas de crédito deben usar para la determinación del límite aplicable a las tasas de interés en las operaciones con tarjetas de crédito (aplicable desde junio de 2019). Hasta ahora, la tasa máxima aplicable era de un 25% sobre el promedio de las tasas cobradas por los bancos locales para préstamos personales sin garantías reales. A partir de esta modificación, para el cálculo del mencionado promedio son consideradas también las tasas cobradas bajo los préstamos otorgados por los proveedores no financieros de crédito (cuyas tasas suelen ser más altas que aquellas cobradas por los bancos).

Determinación del tipo de cambio para operaciones con tarjetas de crédito

Más cerca de las tasas de mercado. En virtud de la Comunicación A 6664, el Banco Central Argentino reguló el tipo de cambio utilizable, por parte de los emisores de tarjetas, para la conversión de los consumos efectuados por sus clientes en moneda extranjera, a fin de cancelar sus consumos en moneda local.

Apertura del mercado para la captación de plazos fijos por medios digitales

“Open Banking” para plazos fijos. En abril de 2019, a través de la Comunicación A 6678, el Banco Central de la República Argentina permitió a los clientes de entidades financieras que puedan invertir vía web en plazos fijos, en cualquier otra entidad del sistema, sin necesidad de ser cliente de la misma. Esta regulación intenta fomentar la competencia entre los bancos locales del sistema para la captación de plazos fijos.

Regulación del plazo de liquidación de los fondos correspondientes a consumos efectuados con tarjetas

Los comercios recibirían los fondos en el término de 10 días hábiles. En abril de 2019, a través de la Comunicación A 6680, el Banco Central reguló por primera vez el término máximo para la liquidación por parte de las entidades financieras a los comercios adheridos por las operaciones que sus clientes efectúen con tarjetas de crédito o de compra en una cuota. Este plazo máximo se estableció en diez días hábiles, mientras que en la práctica solía hacerse en dieciocho días hábiles.

Regulación del standard de Código QR

Se posibilita el uso del código QR para pagar con cuentas virtuales. En abril de 2019, a través de la Comunicación A 6668, el Banco Central actualizó la regulación que emitió determinando el standard para los códigos de respuesta rápida, o QR, disponiendo que en adelante debería prever la incorporación a dicho standard del Código Virtual Uniforme (CVU), creado por el Banco Central en mayo de 2018, para identificar las cuentas virtuales, a modo que se permita realizar pagos con QR desde cuentas virtuales.

Precisiones respecto de la Clave Virtual Uniforme (CVU)

El CVU no es solo para los usuarios financieros. En mayo de 2019, mediante la Comunicación A 6697, el Banco Central incorporó nuevas funciones a la CVU, permitiendo también que personas físicas que no revistan el carácter de Usuarios de Servicios Financieros puedan obtener su CVU para operar mediante cuentas virtuales. En forma adicional, dicha Comunicación obliga a las entidades financieras a procesar las transferencias realizadas mediante dispositivos móviles que involucren CVUs, en las mismas condiciones (sin requerimientos adicionales y sin utilizar interfaces graficas diferenciadas) que una transferencia entre cuentas bancarias.

Nueva ley para la promoción de actividades tecnológicas

¿Pueden las Fintech aprovechar los beneficios impositivos? En mayo de 2019, el Congreso Nacional sancionó la Ley Nº27.506 de Promoción de la Economía del Conocimiento, mediante la cual se reemplazó la ley anterior de Promoción de la Industria de Software. Esta nueva ley tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029. Establece beneficios impositivos de relevancia para la Industria Tecnológica en Argentina. Si bien el decreto reglamentario de la ley aún no ha sido emitido, se espera que el mismo prevea un alcance más amplio que el régimen anterior.

Regulación de cheques electrónicos

Ya no se requiere presencia física para emitir, endosar, recibir o cobrar un cheque. En junio de 2019 el Banco Central reguló la emisión, negociación, transferencia y liquidación de cheques electrónicos (E-CHECKS), de acuerdo a la Comunicación “A” 6578 del BCRA. Los E-CHECKS deberán ser firmados mediante firma electrónica (no se requiere firma digital) y, mediante su implementación, se espera se reduzcan los errores en la emisión de los cheques, además de generarse una mayor seguridad para las partes (siendo más difícil cometer fraude), entre otros beneficios.

Quedamos a su disposición por cualquier aclaración que resulte de su interés.

Saludos cordiales.

Daniel Levi
María Shakespear
Pablo J. Torretta
Ivana Grossi

Este informe contiene resúmenes de normas que se encuentran publicadas y a las que remitimos. En modo alguno son completos ni implican un asesoramiento legal. Si Usted requiere asesoramiento legal, por favor comuníquese con nosotros.